Sucesión incomprensible

Quisiera saber si me pueden guiar en éste caso complicado. La hermana de mi madre se está muriendo, es viuda desde el año 1991 no tiene hijos, su esposo no hizo testamento, tenían una casa pequeña en pueblo y un terreno pequeño, que compraron después de casados. No hay ningún papel arreglado de la sucesión. Su marido tiene sobrinos. ¿Qué pasa con éstas propiedades? ¿Qué hay que hacer cuando muera?, los sobrinos de mi tía, ¿lo vamos a perder todo?, podemos vender. Todos de acuerdo, ¿ellos y nosotros?, ¿Qué papeles hay que hacer?, ¿Cuestan mucho todos los impuestos?
Respuesta
1
Les cuento cómo va la línea sucesoria en caso de no haber testamento:
Primero: "hacia abajo"... a los hijos y descendientes. (Artículos:930,931,932). No los hay.
Segundo "hacia arriba" ... a los padres y ascendentes (artículo 935). ....No se si los hay.
Tercero: " a los lados" (Artículo 944) ... Hermanos y después sobrinos. PERO, antes que los hermanos, hereda el cónyuge sobreviviente.
Es decir, que al morir el marido, hereda su mujer, su tía, la parte de su marido, con lo que ella es propietaria de todo.
Ahora cuendo fallezca ella, los que heredan, son herederos por línea de "consanguinidad", aplicando los apartados primero, segundo y terceros que les he descrito.
Es decir, que ahora heredan todo, su madre y otros hermanos si los hay.
Los sobrinos del marido, ya han quedado fuera. Los sobrinos de su tía, si sus padres han fallecido, no solamente no pierden nada, sino que además, a falta de otros familiares, lo heredan todo.
Cuando fallezca:
1- Conseguir certificado de defunción original.
2- Con él, pedir en secrataría del Ministerio de Justicia, el certificado de últimas voluntades.
3- Pedir en bancos certificados de saldos al día del fallecimiento y pueden también pedir extracto de la cuenta de al menos un año antes. Pueden sacar mucha información, por los recibos que pagara, o si recibía dividendos por tener acciones, o si aportaba dinero a un plan de pensiones... o pagaba un seguro de vida... en fin, muchos datos.
4- Pedir notas al registro de la propiedad.
Con todo ello ya pueden ir al notario a hacer la "declaración de herederos".(Trámite que se ahorrarían si hay testamento)
Más o menos un mes más tarde, el notario les citará para hacer el cuaderno particional en el cual, los herederos aceptan la herencia y se hacen dueños de ella.
Luego, con este cuaderno, van a la oficina liquidadora y pagan el impuesto de sucesiones.
Ya pagado, con todo, pueden ir a los bancos y que les repartan el dinero, y al registro de la propiedad a inscribir a su nombre las propiedaddes.
Ya siendo propietarios registrales (y no antes) pueden vender.
Los impuestos están delegados en cada comunidad autónoma. Por eso no les puedo decir cuanto pagarán porque :
a)- No sabemos cuanto puede haber en los bancos.
b)- No sabemos la valoración catastral de los inmuebles.
c)- No sabemos los impuestos que su comunidad aplica. Ya digo que cada una va por libre. Incluso hay algunas comunidades (Madrid, galicia...) que ya no cobran por heredar.
Eso en la oficina liquidadora de su comunidad se lo dirán.
Que se me olvidaba:
Como es lógico, han de hacer lo mismo, con respecto a su marido fallecido. Primero su tía tiene que heredar de lo de su marido, y cuando sea dueña, pasará a sus herederos legales. Osea, que todos los requisitos mencionados, multiplicados por dos.
Muchas gracias, lo ha expuesto muy bien, pero no le he dicho que éstas propiedades están en Francia, y que ella es nacionalizada francesa, que me hizo un poder hace un año ante notario en España, en español, está traducido y sellado, y los sobrinos de su marido que viven en Francia, quieren la mitad de todo, incluido el dinero de las cuentas bancarias de cuando se murió él. Perdone por no haberlo dicho antes. No sé como solucionarlo. Muchas gracias
Pues lo que ya le he dicho. Ahora me dice que tiene ese poder. Pues sin más tardanza, lo que tiene que hacer es utilizando el poder, aceptar la herencia de su marido para su tía cuanto antes.
Si las leyes en Francia son similares a aquí, ella será la dueña de todo y cuando fallezca, serán sus herederos los que recojan su herencia.
En fin, que lo de siempre, que las cosas hay que hacerlas cuando hay que hacerlas. Que después causan muchos problemas.
Su tía ha tenido años para arreglar la herencia de su marido. Ahora, con los poderes, podrá hacerlo usted en su nombre.
Si lo hubiera arreglado en su momento no habría porqué temer ahora a los sobrinos del marido.
Si en esos poderes se especifica "de formar clara" que le da poderes para aceptar herencias, puede aceptarla en su nombre.
Me temo que esto pasa por desplazarse usted a Francia y aceptarla ante un notario francés y pagar después los impuestos si es que los hay.
Porque no se si la podría aceptar en un notario español, pero lo que si es que hay que inscribir en el registro de la propiedad en Francia que su tía hereda y es dueña en pleno dominio de la totalidad de los bienes.
Si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta.
Muchas gracias por intentar ayudarme, creo no tiene solución, las leyes de Francia del año 1991 no se parecen en nada, (según abogado francés, que cobró mucho dinero a mi tía), el notario de Francia tiene poder para vender, le envió un poder muy amplio, para firmar y enviar a la agencia de buscar herederos que trabaja para él. En el año 2002, pues así no pagaba impuestos de sucesión. El abogado francés que proporcionó el consulado, dijo no enviar el poder, desde entonces estoy intentando viajar para firmar la sucesión y nunca contesta el notario, ni por teléfono ni por e-mail, ni telegrama, ni carta. Le agradezco mucho que me escuche y me aconseje sin cobrar nada, no sabe lo desesperada que estoy, usted es un consuelo, aunque no pueda hacer nada, pues son las leyes francesas de 1991. Saludos
Pues nada, le deseo mucha suerte, porque la verdad es que por lo que cuenta, la cosa es complicada.
Estas cosas ya son difíciles en España y viviendo en la misma ciudad, conque lo suyo, es complicadísimo.
Y eso si tiene suerte de encontrar un abogado decente, porque aunque pocos, pero algunos hay que como les dejes las cosas en sus manos, te la pegan.
En fin, que le deseo mucha suerte.
Y por favor, finalice la pregunta para que se me quede libre.
Dispongo de un número limitado de consultas abiertas.
Le agradezco el interés por el caso, ha sido usted muy amable, siento haberle hecho perder el tiempo, pero a mí me ha ido muy bien encontrar alguien amable, no sabe los abogados franceses cobran 150euros la hora, y no hacen nada. Un abrazo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas