¿Quién hereda?

Tenemos una casa que era de nuestros padres y que escrituraron a nombre de sus cuatro hijos, bueno no, uno de ellos había fallecido y su parte la pusieron a nombre de sus dos nietos.
Uno de los nietos ha fallecido sin hacer testamento, no estaba casado ni tenía hijos y como parientes más cercanos tiene a su abuela (la antigua dueña de la casa) y una hermana.
Nos han dicho que podría heredar la mitad de su parte la familia paterna, pero se me hace muy extraño teniendo una hermana.
Espero que haya sabido explicarme, muchísimas gracias por su atención.

1 respuesta

Respuesta
1
Le detallo los artículos del Código Civil que afectan a su pregunta:
Artículo 932: Los hijos y descendientes, suceden a sus padres y demás ascendientes, sin distinción de sexo, edad o filiación.
Artículo 935: A falta de hijos y descendientes del difunto, le heredarán sus ascendientes.
Artículo 938: A falta de padre y de madre, sucederán los ascendientes más próximos en grado.
Artículo 943: A falta de las personas comprendidas en las secciones anteriores, heredarán el cónyuge y los parientes colaterales en el orden que se establece en los artículos siguientes.
Los artículos siguientes dicen que primero hereda el cónyuge. Y si no lo hay, heredan ya los hermanos, o hijos de hermanos, si han fallecido.
Así hasta la cuarta generación, por consanguinidad.
Como verá, se aplican los artículos 935 y 938.
Un testamento solo cuesta unos 40 euros. Yo siempre recomiendo que se haga. Falicita muchísimo las herencias, ahorra discusiones, dinero, tiempo, molestias... etc. Y encima, se deja la herencia a gusto de cada cual.
Pues si, se ha sabido explicar perfectamente. O al menos yo así lo he entendido.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas