Legitima estricta en caso de cambio de titular

Quería preguntar algo sobre un caso que concierne a un familiar.
Él está pagando todos los gastos de casa y la hipoteca de la casa de sus padres, y como lo esta haciendo desde hace tiempo y se está quedando sin dinero la ultima vez puso como condición quebse pusiera la casa a su nombre, pues es el único hijo que no tiene piso a expensas de darle el dinero a sus padres.
Ella dijo que lo haría, pero ahora hemos descubierto todos, que en vez de eso, solo ha escrito un testamento en el que él pagaría una cantidad a cada hermano y él se quedaría con la casa, siempre y cuando estuvieran de acuerdo. Lo malo es que ahora que él ya no tiene nada, ella quiere volver a cambiar el testamento para favorecer a otro hijo.
Mi pregunta es, ¿se puede poner a nombre de él tal y como dijo que haría?
¿En caso de que se cambiara de nombre ahora, en vida, estaría obligado a darle la legitima estricta a sus hermanos?

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Pues aunque en vida los padres donen o den a uno de los hijos algo, los demás también tienen derechos. La llamada legítima.
Se puede hacer lo que decían y ponerlo a nombre de ese hijo, pero cuando fallezcan, los otros hijos pueden pedir el "traer a colación" ese piso y sumarlo a la herencia.
Claro que lo suyo, tanto en este caso como en el caso de dejarlo en herencia, es ir al notario y exponerle el caso. Los notarios no cobran por orientarles.
Pero yo no puedo meterme mucho. Son cosas de relaciones familiares y eso solo ustedes pueden valorarlo.
La solución de dejárselo a él y que pague a los demás hermanos es la correcta, pero hay que hacer testamento y decir, las causas y el porqué y especificar que parte habrá de darles a los hermanos.
Porque a los hijos les corresponde la legítima que son dos tercios de la herencia. El otro tercio, es de libre disposición y pueden dejarlo a quien quieran: Un amigo, un vecino... o a un hijo, o a dos... etc.
De los dos tercios de la legítima, un tercio es a dividir entre los hijos a partes iguales. El otro tercio, se llama "de mejora" y pueden dejarlo a todos los hijos, o a uno solo, o a dos... o repartirlo (entre los hijos) como gusten.
Como ve, es cuestión de estudiar este planteamisnto, y ya con conocimiento de estos datos, ir al notario.

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