Como saber si estoy incluido en un testamento

El año 1982, cinco tías solteras que vivían en un piso de su propiedad, hicieron testamento en el cual iban legando a su muerte, sus bienes (entre ellos su parte del piso) a los hermanos que quedasen con vida y finalmente, a los dos únicos sobrinos (hijos de la única hermana casada y no incluida en el testamento), es decir, mi hermana y yo.
La última de las tías, ha fallecido el pasado mes de marzo de 2009.
Mi hermana es la que ha estado más vinculada a ellas, ya que vivía en el mismo pueblo, en Gipuzkoa (País Vasco) y tenía llaves de la vivienda y que fallecida la última tía, ella se ha, digamos "hecho cargo de todos los bienes".
Por razones que no vienen al caso, no tengo trato alguno con mi hermana.
Quisiera por ello saber si existe la posibilidad de conocer el contenido del testamento que pueda estar en vigor, sin tener que recurrir a mi hermana. (Que me imagino estará en poder del documento notarial.)
También, si en caso de corresponderme parte de la herencia, algún organismo o oficina testamentaria, etc. Debe comunicarse conmigo.
Conocer también si un testamento, es un documento público, o privado cuyo contenido exclusivo solo puede ser conocido por el heredero o herederos en cuestión.

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Los testamentos, son secretísimos. Hasta el fallecimiento del testador.
Si han fallecido, tiene que conseguir certificados originales de defunción.
Con ellos, ir a la secretaría del Ministerio de Justicia de su ciudad y pedir al registro central un "certificado de últimas voluntades".
En este certificcado dice si hay testamentos. Si una persona hizo varios, el válido es el último.
Con ello, va al notario que ponga en el testamento y le pide copia.
Lógicamente, el notario solo dará información y copia a los nombrados en el testamento.
Nadie tiene porqué comunicarle a usted nada.
Usted es el que debe hacer las gestiones.
Imaginemos un piso, ... uno de los herederos, ve el testamento. Ve que tiene que repartirlo. Se calla, no dice nada a nadie, se mete a vivir, y vive toda su vida en un piso del que solo tiene una parte. Nunca será suyo en propiedad, pero lo disfruta y priva a los demás de sus derechos.
Cada cual ha de hacer sus gestiones.
Por cierto, una cosa más.
Hacienda da un plazo de seis meses desde el fallecimiento de una persona para el pago de los impuestos de sucesiones.
Si pasa el plazo, hay recargo y comienzan a correr los intereses de demora... y suben... y suben...
No se duerma.
Muchas gracias, la respuesta ha sido muy aclaratoria, no obstante, quizás haya otra forma de enterarme del contenido del testamento, me explico:
Quisiera saber si existe la posibilidad de conocer la titularidad de un piso en el registro de la propiedad; es decir, si mi hermana es la única heredera, lógicamente cambiará el piso a su nombre, con lo cual de ser así, ya tengo conocimiento del contenido del testamento y puedo olvidarme del asunto.
Por ello la pregunta es: si se puede solicitar al registro de la propiedad, -por parte de cualquier persona, por las causas que sean- información de quien es el propietario o titular de una vivienda determinada.
Muchas gracias por anticipado.
Pues no. Y no, y no.
Usted haga lo que le he dicho, salvo que quiera renunciar a lo que pudiera corresponderle.
Y viendo el registro de la propiedad, solo ve a nombre de quien está el piso. Pero sigue sin saber lo que dice el testamento.
Dice que su hermana cambiará el piso a su nombre. Por tanto, se supone que está a nombre de sus tías. Por tanto, no saca nada.
Y si su hermana lo cambia, a su nombre, pues sí. Será porque ha pasado por un notario que habrá revisado todo y será legal.
Seguir los pasos que le he dicho es lo que a mi parecer debe hacer.
Porque ¿para qué hace la pregunta aquí? ¿Para no hacer lo que le aconsejemos? Pues entonces se la podía haber ahorrado. Ya que parece que lo tiene tan claro.
Desde luego, si sus tías tanian testamentos en que tras el fallecimiento de una todo iba a las supervivientes y la última puede dejarlo a quien quiera, es legal. No hay "herederos forzosos".
Ya la decisión es suya. Porque su hermana si es la heredera puede poner el piso a su nombre dentro de 20 años y no se va a pasar usted la vida pidiendo verificaciones registrales. ¿No?.
Yo no puedo decirle más. Ya le he dicho la legalidad de los posibles testamentos, y el consejo de que averigüe. Si no quiere hacerlo, es cusa suya.
En primer lugar, agradecerle su amabilidad por responder a mis preguntas.
De ningún modo he pretendido minimizar el valor de sus consejos, al contrario los he tomado muy en serio.
Por el tono de su última respuesta, deduzco que he podido molestarle con mi última pregunta. No era mi intención. Lo lamento.
La idea de consultar al Registro de la Propiedad, ha sido pensando en la posibilidad de conocer el contenido del testamento de una forma rápida. Nada más.
Mi intención en caso de que la consulta no diese resultado positivo -obviamente en una primera y única ocasión- es iniciar los trámites que Ud. me ha sugerido; lo que ocurre es que dichos trámites, -entiendo- dependiendo de la localidad residencia de cada cual, lugar del hóbito, e incluso partido judicial, etc. pueden resultar un tanto complicados para personas no habituadas a realizarlos.
Agradezco sinceramente sus consejos, los valoro positivamente y le reitero mis disculpas.

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