Tramitar Herencia

Hace 5 años que falleció mi madre, todavía no hemos aceptado la herencia, ¿quisiera saber si tenemos alguna multa?. También quería saber como tramitaría después de la herencia toda la documentación para legalizar una vivienda en la que mi madre en su momento dividió en dos y sólo una de ellas está dada de alta, la que le corresponde a mi hermana esta totalmente ilegal pero a mi me gustaría tramitar toda la documentación para ponerla a mi nombre la vivienda que me corresponde. Conoces los costes que nos podría ocasionar legalizar la vivienda.

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Pues precisamente, hacienda da un plazo de 5 años. Por ello, ya los impuestos han prescrito. Ya no tenéis que pagar nada.
Y podéis aceptar la herencia, este año o dentro de diez. Pero cuanto antes, mejor. Que no te imaginas los líos que se forman por dejar estos temas sin finalizar.
Respecto a lo de como tramitar la vivienda, pues estoy hecho un lio. No entiendo nada de lo que dices. De la explicación que das.
- ¿Qué es eso de que tu madre la dividió en dos? ¿Qué lo puso así en el testamento? ¿Qué antes de morir os hizo donación a cada hermana de una mitad?
- ¿Cómo qué solo una está dada de alta? ¿Qué es eso de dada de alta? ¿Te refieres a que una mitad está inscrita en el registro de la propiedad y la otra no?
- Entonces, a ver si me aclaro: ¿Es qué tu madre falleció dejando testamento? ¿Es qué tu hermana hizo aceptación de herencia (y tu no) Y pagó sus impuestos, e inscribió su 50% en el registro a su nombre?
Entonces estaría totalmente legal. ¿Pero me dices que la que está a nombre de tu hermana está totalmente ilegal? No entiendo como puede estar ilegal. Y no entiendo como está a su nombre si dices que no habéis aceptado la herencia: dices: "todavía no hemos aceptado herencia".
- Dices que te gustaría poner a tu nombre "la vivienda que me corresponde" ¿no será la parte de la vivienda que te corresponde? ¿O es que hay dos viviendas?
- Respecto a los costos, como ya no hay que pagar los impuestos de sucesiones, solo queda pagar al notario por la escritura y la inscripción en el registro de la propiedad. Poca cosa.
La verdad es que tu pregunta es liosa. Muy liosa. Y no tengo muy claro algunas de tus consultas. Y mucho menos de tus explicaciones.
Si es un piso, no entiendo como tu madre la dividió en dos y una parte está dada de "alta". Que además, no se lo que es estar dada de alta. Si es una casita en una parcela, que una parte tiene permiso de construcción y la otra no, podría empezar a entender algo.
Dices que tu madre dividió en dos. No entiendo nada. Y dices que la de tu hermana es ilegal. Eso parece querer decir, que ya tenéis adjudicada la herencia. Osea, que no tenéis que adjudicaros nada. Porque si ya es de tu hermana. Ya es de tu hermana.
Pero si dices que no habéis aceptado la herencia, ni tu ni tu hermana sois dueñas de nada. No se es dueño hasta haber aceptado la herencia. Porque las herencias se pueden aceptar pero también rechazar. Y hay que aceptarla para ser dueños.
- Bueno, a todas estas, no me hablas nada de tu padre.
- En fin, que por favor, plantea tu pregunta con datos concretos y haz preguntas concretas, pero aportando datos exactos de la situación, porque si no me dices que tipo de vivienda. Si estaba en gananciales. Si tu padre está vivo o no, si dejó testamento o no, si aceptasteis su herencia o no, Si tu madre dejó testamento o no, ... en fin, que cualquiera de las dudas que acabo de mencionar, alterarían totalmente la respuesta.
Estos temas son complicados y dependen de muchos factores, y no quiero informarte mal. Prefiero pedirte datos, para que no vayas dando palos de ciego.
Buenos Días:
Disculpame por no haber dejado más claro mi caso.
Te explico mejor, el caso es que mi madre construyó una única vivienda, se puede decir que una casa terrera hace ya 35 años, pero era tan grande que decidió hacer dos plantas, la alta y la planta baja, toda la vivienda está dada de alta como única, ya que cuando hizo la planta alta como vivienda no le dio de alta como nueva ni la inscribió en el Registro de la Propiedad, ni hizo división horizontal, etc es decir no la legalizó en su momento.De esto puede hacer casi 25 años que mi hermana está viviendo en la planta alta sin legalizar. Toda la vivienda está como única, solo tiene un contador de agua, luz, y una única contribución.
Como te comenté mi madre murió hace ya cinco años, ella hizo testamento en su momento, a mi padre lo dejo como usufrutuario de las viviendas pero específicamente las propietarias somos las dos hijas,;mecionó las dos plantas, la planta baja está a mi nombre y la alta a nombre de mi hermana a pesar de que esta no está legal. Sabemos todo esto porque encontramos una fotocopia del testamento, ya que todavía no hemos solicitado la última voluntad.
¿Por todo ello le preguntaba si ahora al solicitar la última voluntad de mi madre después de 5 años teníamos alguna sanción.Y además que trámites tendríamos que realizar una vez leída para que la vivienda de mi hermana estuviese legal? ¿Bueno tanto su vivienda como la mía?
Muchas Gracias por haberme contestado.
Saludos
Pues de momento, hay que legalizar esa planta alta, hacer experiente de división horizontal, y de esa forma, ya serán dos viviendas y podréis heredar una cada una.
Otra vez me insistes: "la planta baja está a mi nombre". Si está a tu nombre, ya no hay que hacer nada. ¿No?.
¿O quieres decir que en el testamento dijo tu madre que la baja seria para ti? Pues aunque lo dijera, como no habéis aceptado la herencia, es imposible. TOTALMENTE IMPOSIBLE, que esté a tu nombre. Salvo que tu madre en vida os hiciera donación. Pero no podía hacerla pues no estaba hecha la división horizontal, y por tanto, no hay dos viviendas.
Y dices que la planta alta está a nombre de tu hermana, a pesar de que no sea legal.
Pues volvemos a las mismas.
Y te digo todo esto, porque vas a tener que ir a urbanismo de tu población, al notario, etc... y es conveniente que comprendas el concepto y las palabras correctas. Porque si al notario le dais mala información, la escritura que os haga no será la correcta, y tendréis un lio.
No puedes ir diciendo que la planta baja está a tu nombre, cuando no lo está. Mejor dices que tu madre te la deja en herencia.
Y cuando aceptes la herencia, y solo entonces, ya será tuya.
Solo está a nombre de alguien cuando es su nombre el que aparece en el registro de la propiedad.
Imagino que realmente, está a nombre de tu madre. Y que tu madre, os designa herederas, asignándote a ti la planta baja y a tu hermana la alta.
Eso si que seria correcto.
Pues entonces, solo tendríais que ir al notario y aceptar la herencia cada una, pero antes consulta lo de hacer la división horizontal. Os interesa mucho.
Imagina que tu o tu hermana tenéis una necesidad y queréis un préstamo. Si pones tu casa en garantía y no está hecha la división horizontal, estás poniendo en garantía la de tu hermana.
Y si tu hermana un día quiere vender su casa, no puede hacerlo por no tener división horizontal.
Y el día que fallezcáis, el lio que se puede originar con vuestros herederos es morrocotudo.
Si hacienda no reclama nada en 5 años, la deuda prescribe. Osea, que no hay sanciones.
Por otro lado, si pedís las últimas voluntades de tu madre, hacienda ni se entera.
Bueno, yo creo que he contestado a todo.
Ya se que es un poco de lio, pero intento adivinar lo que quieres decir, aunque dices otras cosas, (como que está a tu nombre, y eso no me entra).
Si te queda alguna duda, me lo dices, aunque conforme empieces a andar los pasos, ya te irás enterando poco a poco de todo.
Si no tienes más que añadir, te ruego me finalices la pregunta.

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