¿Tenemos algún derecho?

Yo tenia dos tíos paternos que vivían en una casa con mis abuelos, compraron una casa y el que creo que la pagó fue mi tío invalido que tenia una pensión y un kiosko de prensa y golosinas, la anterior casa era de mis abuelos la cual supongo que vendieron.
Mi otro tío que nunca trabajó se casó con una mujer con dos hijas y todos vivieron en la misma casa, se murieron mis abuelos y mi tío invalido que era el que mantenía a todos. El dejó un dinero ahorrado a mi padre y a su otro hermano y la casa dejó por escrito que su otro hermano y familia viviera en ella... Osea que no se quedara en la calle... Mi padre fue y firmó algo, parece que renunció a su parte, pero el no sabe lo que firmó... También se quedaron con el kiosko, y está trabajando en él.
Una hija de esta mujer murió, y queda el matrimonio, osea mi tío, su mujer y una hija soltera de 35 años que ni trabaja ni nada, me gustaría saber si el día que muera mi tío y su mujer esa chica es la que se tiene que quedar el piso o a nosotros nos toca una parte por ser sobrinos de sangre... Esta chica no tiene los apellidos de mi tío... No sé si tenemos mis hermanos y yo parte en esto. Pues no me parece justo que se quedara ella con la herencia de la familia.
Respuesta
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Pues de entrada, una mala noticia:
La Ley reserva una parte de la herencia de las personas, llamada "legítima" para los que se llaman "herederos forzosos".
Son:
Hijos y descendientes... padres y ascendientes... cónyuge.
No habiendo de los mencionados, no hay legítima y por tanto la herencia es de libre disposición. Se lo puede dejar a un amigo, a un vecino, a una ONG, al tendero de la esquina... a quien quierqa. Los hermanos no tienen ningún derecho.
Pero esto, claro, si es que hace testamento.
Porque si no lo hace, las herencias se trasmiten por consanguinidad, y esa señora y su hija, no tienen vínculos de sangre.
Osea, que si fallece sin testamento, vosotros podéis reclamar fomo familiares.
Por otro lado, a ver si averiguáis lo que vuestro padre firmó.
Porque tu padre seguramente firmaría la aceptación de herencia, pero no tenia porqué renunciar a nada.
Tu tío fallecido, pudo dejar en testamento que la casa sería en usufructo para ese hermano. Pero usufructo no es propiedad. Solo es derecho de goce y disfrute. Y cuando muera, el usufructo desaparece. No se puede trasmitir. Morirá con él.
En resumidas cuentas: que si ese tío no hace testamento, podéis el día que fallezca pedir la herencia entera.
Si lo hace, posiblemente se lo dejará todo a su mujer.
Pero tu padre iría a un notario a firmar la aceptación de herencia de su hermano fallecido.
A ver si conseguís una copia de lo que firmó.
Es posible que tu padre sea dueño de la mitad de la casa y por tanto, eso pasa a vosotros.
En fin, que ya es cuestión de lo que vosotros podáis averiguar.
Os deseo suerte.
Perdona una ultima cosa, ¿cómo puedo averiguar lo que mi padre firmo? ¿enel registro de la propiedad? ¿O dónde podría verlo?
Gracias¡
La verdad es que no se muy bien como funcionan os registros de la propiedad.
De todas formas, una propiedad si pasa de mano en mano (escritura notarial por medio), desde luego, queda todos los pasos en el registro de la propiedad.
Como dices que tu padre no sabe lo que firmó, yo intentaría:
Primero ver si recuerda al menos en qué notario.
Si no, preguntar en los notarios de tu ciudad. Con los procesos informáticos de hoy en día, a ver si con su DNI, te pueden decir algo. Si con su DNI, puede localizar el notario, se pide copia y todo arreglado.
También solicitar en el registro de la propiedad una nota simple. Pero claro, necesitas llevar datos registrales. Al menos lleva los datos des abuelo, a ver si desde él, te pueden dar una nota simple.
Otra posibilidad que se me ocurre, es que como tu padre dice que firmó, y que recibió dinero, pues para recibir el dinero, habría de llevar al banco una copia de la escritura notarial que se llama "cuaderno particional", que es la que acepta y reparte la herencia.
El banco pues, tendrá copia y os la podrán facilitar.
Eso si lo hicieron por lo legal, recogiendo en el cuaderno particional los saldos de los bancos. Porque si los ocultaron y se repartieron el dinero sin declararlo para ahorrarse los impuestos, entonces los bancos no tendrán esa escritura que firmó.
Claro que para eso haría falta que tu padre o el otro tío estuvieran de titulares en las cuentas.
Si no estaban de titulares, seguro que el banco no soltó un céntimo hasta que no se le llevara el cuaderno particional. Entonces, tendrán copia, y podrás ver lo que tu padre firmó.
Como es lógico, esto son cosas de tu padre, así que tendrá que ser él el que solicite las cosas, DNI en mano.
Con la Ley de Protección de datos que tenemos a otra persona no le informarán de nada.
Te deseo suerte.
Por favor, no olvides finalizar la pregunta.

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