Difícil herencia

Tengo una amiga que se le acaba de morir el compañero, pero no eran pareja de hecho aunque habían vivido juntos más de 40 años y en el mismo piso.
Ahora quiero saber, si el era soltero y ella viuda, la libreta del banco que esta a nombre de ambos "indistintivamente", ¿qué porcentaje deberá pagar ella por su parte?
¿Se paga más si hay más dinero? ¿Se puede retirar la mitad del dinero ahora que ya ha fallecido el compañero? Pues el Banco le ha dicho que cuando entregue el Certificado de Defunción, se le congelara la cuenta hasta tener el testamento.
Este hombre había hecho un testamento para dejar su piso y el efectivo que hubiera a su compañera de toda la vida, o sea que es ella la ÚNICA heredera.
Su única preocupación es el dinero que tienen en la libreta, ¿cómo puede pagar el mínimo de intereses al heredarlo?

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Respuesta
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En este caso, la ley estima que la mitad del saldo es de cada uno.
La mitas es de ella y puede retirarla sin problemas y sin gastos ni impuestos.
La otra mitad es del fallecido y necxesitará certificado de saldo el día del fallecimiento y recibo de contribución del piso y nota del registro de la propiedad para aceptar la herencia ante notario.
Aparte ha de llevar certificado de fallecimiento original y certificado de últimas voluntades que es el que dice qué testamento es el válido, porque puede habver hecho más de uno a lo largo de su vida.
Con todo es con lo que va al notario y acepta la herencia.
Con la escritura de aceptación de herencia va a la oficina liquidadora de su comunidad y paga los impuestos de sucesiones y luego, toedo lo lleva al registro de la propiedad, inscribe el piso a su nombre y va al banco y le dan el resto del dinero.
Por cierto que hacienda da seis meses de plazo para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Y aquí no hay fórmulas para pagar menos. Sería tontería que hubiera "trucos". Hacienda no se casa con nadie.
Todo ha de estar reflejado en la escritura de ac eptación de herencia y sobre ello es sobre lo que se paga.
Si le queda alguna duda en concreto me la dice ¿vale?
Gracias por su respuesta, pero quiere saber mi amiga que si antes de llevar el Cert. De Defunción retira más dinero que la mitad de la cuenta, ¿puede pasar algo?
Por ejemplo, tienen 40.000 Euros y le pertenece la mitad, ¿pero qué pasa si retira unos 30.000 en vez de solo las 20.000 que le pertenece? ¿Le sancionara el Director del Banco, hacienda, quien? ¿O lo puede hacer sin problemas?
Gracias de nuevo.
Los bancos están obligados por ley a bloquear los saldos en cuanto conozcan el fallecimiento de uno de los titulares.
Ya si lo han hecho o no, no lo se.
Ella legalmente puede sacar 20.000, que es la mitad, pero puede intentar sacar más. A ver si se lo dan.
Si se lo dan, puede estar contenta.
Incluso puede intentar a ver si se lo dan todo. Mejor que mejor, pero ya digo que los bancos legalmente han de bloquear las cuentas.
Si tiene suerte, y se lo dan, pues estupendo.
Luego, para aceptar la herencia, necesita un certificado del saldo al día del fallecimiento. Haya lo que haya a la fecha de la firma.
Y lógicamente, se pagan impuestos por todo lo que se incluye en la escritura de aceptación de herencia. Incluido el saldo que al fallecido correspondía el día del fallecimiento. (Menos gastos obligatorios, como por ejemplo el entierro si no estaba asegurado).
Si paga sus impuestos correctamente, ni hacienda ni nadie le va a sancionar.
Y menos un director de banco. Que no tiene ningún poder sancionador.
Vaya, yo al menos nunca he escuchado que un director de un banco pueda poner una multa, jajajaja.
Bueno, Como no hay más herederos no hay problemas.
Si hubiera más herederos que pudieran tener derecho a ese dinero, podría ser que la denunciaran para cobrar lo suyo, aunque con que ella se lo diera no habría denuncia.
Pero como no hay más herederos, nadie va a quejarse.
Muchas gracias de nuevo, me estas ayudando mucho.
Pero, una ultima pregunta. Hay un baremo de cobros, ¿verdad?
Pongamos que si se estima la herencia entre el piso (es de protección oficial) y el dinero del banco, sobre unas 80.000/120.000 Euros, ¿qué porcentaje más o menos tendría que pagar a Hacienda?
Un million de gracias por su ayuda.
Pues ni idea. Te cuento.
Hacienda tiene delegado el cobro de estos impuestos en las comunidades autónomas y cada una va por libre, aplica sus tasas (diferentes), unas cobran el impuesto, otras ya no lo cobran, otras en según que casos.. aparte consideran si hay minusválidos, la edad del heredero, el grado de parentesco... o sea, que imposible decirle cuanto van a pagar.
Porque como comprenderá dependerá del valor del piso, que la referencia es el valor catastral, no el valor de mercado.
Además, depende de lo actualizado que esté el valor catastral, y eso ya no va por comunidades, ni por ciudades, a veces va por barrios o calles.
Por ello, el valor catastral que aparece en el recibo de la contribución hay que multiplicarlo por una cantidad, que normalmente oscila entre un 1,5 y un 3,5, para sacar el valor de cara a los impuestos. Aparte, depende de los saldos en las cuentas del banco... De muchas cosas.
Vaya que ni preguntando a un funcionario que se encargue de sacar los impuestos, te lo puede decir.
Ha de meter en el ordenador una serie de datos y según los baremos o tarifas que para cada cosa aplique la comunidad en concreto, te dará el cálculo.
Podéis ir a la oficina liquidadora de vuestra comunidad autónoma y con datos exactos (o más o menos), os harán el cálculo sin compromiso.
Están habituados a estas consultas.
Luego, ya con la escritura de aceptación de la herencia, os harán el definitivo.
Pues nada.

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