Mi padre murió hace 10 años sin dejar testamento. El piso en el que vivo estaba a su nombre y al de mi madre, entonces mi duda es, ¿a mi y a mi hermana nos corresponde alguna parte del piso? ¿Podemos reclamarla de alguna manera ahora que ya somos mayores de edad?
Si su padre falleció sin testamento, su 50% del piso pasa entero a ser herencia de los hijos. Así que ahora la situación es: 50% de la madre en propiedad. 25% de una hija, en propiedad. 25% de usted en propiedad. Y el 33,33% de la parte de usted y de su hermana, en usufructo vitalicio de su madre. Es decir, que Usted y su hermana, son "nudos propietarios", ya que son propietarios de una parte de un inmueble, sobre la que pesa un usufructo. El usufructo desaparecerá justo en el momento en que fallezca su madre. ¿Reclamar su parte? Pues difícil. Por la sencilla razón de que un piso es en esencia indivisible. Por tanto no pueden reclamar un trozo de pasillo, otro trozo del baño, etc. Pero, la Ley ya prevé estos casos. Artículos código civil: Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia". Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia". Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero. Pero bastará con que uno solo de los coherederos solicite la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga". Es decir, que todos ustedes están en pro indiviso. Que es compartir una propiedad a un tanto por ciento cada uno. Y la solución única que deja la ley es la demanda judicial, y que como es lógico, termina en la pública subasta. El dinero que se saque de la subasta, el juez lo reparte entre los copropietarios, (valorando también el usufructo). Pero ya se quedan sin piso y su madre en la calle. Y usted también, claro, porque dice que también vive en ese piso. Por supuesto, en estos días, con eso de la crisis, los bancos están sobrecargados de pisos embargados por falta de pago. Los inversores ya no tienen dinero para comprar tantos pisos. Aparte de que ya no les resulta muy rentable, con el cambio último que ha habido en la ley, respecto a las subastas. (No entro en ello, pues a ustedes no les afecta). Lo que si que les afecta es que las subastas suelen quedar desiertas, y si a alguna va algún inversor, desde luego, va buscando el "chollazo". No se suele sacar más de un 50% del valor real de la vivienda. Si calcula su parte verá que es muy pequeña. Pero además, usted y su hermana pueden acudir a la subasta y pujar. Pero ojo, si dicen una cantidad y nadie la supera, tienen solo 20 días para depositar el dinero. Solo 20 días. Y no hay tiempo de buscarlo. En fin, que para atreverse a poner ese tipo de demanda, hay que tener al menos, (insisto, como poco), prácticamente la totalidad del valor del piso, en efectivo. Disponible, por si uno puja (usted), se queda uno con él y hay que poner el dinero. Porque desde luego, si no tiene ese dinero para poder ir a la subasta, sería regalarle a un extraño el piso entero a cambio de "un plato de lentejas". Calculando más o menos, si el piso vale unos 150.000 euros, usted podría sacar limpios entre 10 y 15.000 euros. No más. Y tenga en cuenta que pierden el piso, y que cuando su madre fallezca, usted pasa a ser propietario de la mitad del piso y su hermana de la otra mitad. Y entonces, usted tendrá 75.000, contra los apenas 15.000 que puede sacar hoy. En fin, malísimo negocio. Aparte, estos pleitos son largos en el tiempo, muy desagradables y además, muy costosos. Muchos gastos. En fin, que contestando a su pregunta: ¿Pueden pedir su parte?... No. ¿Pueden pedir la división de la herencia? ... si. Pero hay que valorar muchas cosas. Eso ya es cosa suya. Yo me limito a exponerle lo que la Ley marca.