Testamento en cataluña

Mis preguntas son sobre el testamento de mi abuela que vivía en Cataluña.
Tengo el último testamento que realzó mi abuela en la que expone que sus
herederos son: los que toquen por derecho la legitima y en segundo lugar
como heredera de todos sus bienes a una persona responsable de la
residencia donde ha estado en los últimos 2 o 3 años. Se trata de un
residencia de la Seguridad Social.
Hasta aquí parece todo más o menos normal, pero ahora vienen las aspectos un poco extraños. En primer
lugar, en el 2009 falleció mi abuelo y en el testamento nombra a mi
abuela como heredera de todo y a quién le tocaba la legitima por ley.
Cuando se aceptó la herencia en las cuentas de mis abuelos que tenían
los dos juntos habría más de 200.000€ incluyendo una casa que estaba
valorada en unos 80.000€. Finalmente, todo correcto o eso parece hasta
aquí.
En cuanto al testamento de mi abuela, falleció hace
un mes. He recibido el testamento y todo lo necesario para ir a los
bancos donde tienen las cuentas, hay un pequeño problema ya que yo vivo
fuera y tengo que esperar la respuesta de las distintas sucursal a las
sucursales de donde vivó. La sorpresa ha sido cuando hemos ido a la
sucursal donde tenia varias cuentas de las cuales una de ellas me pago
la legitima y el subdirecto ha comentado que mi abuela como mínimo hace 6
meses que cancelo la cuenta y que para ver los movimientos de esa
cuenta es necesario una orden judicial.
Además, mi abuela a mitad del mes de abril de 2011 firmó una venta de la casa que tenia en común con mi abuelo, de la cual la escritura de la casa expone que hay una
hipoteca por el valor de 80.000€. Lo extraño es que el último
testamento es de principios de abril de 2011 y unos días mas tarde,
antes de firmar la venta de la casa hizo un documento de otorgamiento de
escritura de autootorgamiento de autotutela. Los días son un poco
variables por lo que me hace dudar que una persona mayor con 74 este
haciendo tantas cosas de una forma incoherente, es decir, un testamento,
luego un otorgamiento de autotutela y después la firma de la venta de
la casa. Contando todo esto que se encuentra en una residencia y que
tiene un cáncer de estomago.
Otra cosa a destacar es que cuando firmo el testamento tenia dos testigos y unos de ellos era la secretaria de la notaria, eso es legal.
Si ponemos un hecho que de momento no se sabe, pero ella no tiene ningún dinero en sus cuentas y no tiene mas propiedad. ¿Qué puedo hacer como derecho que tengo a la
legitima? Ya que la casa la vendió en el mes de abril de 2011. Es
posible que ese dinero no lo ingresara en una cuenta, pero si no esta
ese dinero por ningún lado que tengo que hacer. Tengo que acudir a un
abogado o que es lo que tengo que hacer. Me gustaría que me orientaran
para pisar con pies firmes y no dejar nada suelto para que una persona
ajena a la familia se aproveche de mi abuela.

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1

En su relato usted habla de su abuela y de su legítima, pero he de suponer que usted tiene madre ¿ha fallecido? ¿Es hija única?.

Si dice que le han pagado la legítima ¿qué es lo que quiere recibir ahora?

Por otro lado ¿está usted segura que el "otorgamiento de escritura de autootorgamiento de autotutela" que usted señala es así? ¿Tiene usted el documento en su poder? Si es así, indíqueme el título del mismo.

¿Su abuela no sabía leer o escribir? Porque no entiendo para qué se sirvió de dos testigos.

La pérdida progresiva de facultades cognitivas y cualitativas de la persona y admitiéndose que si había otorgado un poder en previsión de una situación de pérdida de capacidad, el hecho de que esa circunstancia llegue a producirse no debe necesariamente conducir a la extinción de aquél, permitiéndose, sin necesidad de constituir una tutela, que el apoderado pueda continuar cuidando los intereses de la persona que ya no puede valerse por sí misma (vid el art. 222-2 CCCat), a pesar de lo cual puede llegarse, finalmente a constituirla. Pero como habrá deducido, dicha tutela se hace en favor de un tercero para que la gobierne ante la previsible pérdida, pero no se puede recurrir al absurdo de concederse a sí mismo algo que la ley ya le concede a cada persona, mientras no esté incapacitada judicialmente.

Mi abuela es por parte de padre que falleció cuando yo tenía 6 años. Lo que habló de la legitima es de mi abuelo que falleciautootorgamiento de autotutela es que en el registro de nacimiento de mi abuela aparece ese documento, no lo tengo en mi poder porque es necesraio que firme el juez la copia. Mi abuela nunca fue a la escuela y no sabia ni leer ni escribir y tenia 79 años cuando falleció y hacia un año o más tiempo que tenia un cáncer de estomago. Esos dos testigo son un poco extraños, ya que uno de ellos pertenece al ayuntamiento y otro es la secretaria de la notaria donde mi abuela tenia otorgado el testamento. </span>

algún documento sobre el motivo de la entrada de ella a la residencia pero me ha sido imposible. Pero, me han comentado que tengo que pedirlo por un abogado o un juez. Tras lo comentado ahora y lo anterior puedo ir a un abogado y tomar medidas. Ya que hay muchas cosas estrañas ya que no es normal que una persona ajena a la familia y que conoce desde hace pocos años pueda tener la herencia que perteneceria a mi padre pero como esta fallecido me pertenece a mi como unica hija de su unico hijo . </span>

Le aconsejo acuda al despacho de un Abogado experto en Derecho Civil y Sucesiones con toda la documentación que obre en su poder para que a la vista de la misma le indique qué es lo que se puede hacer y la posibilidad o no de impugnar el testamento.

Ruego cierre y valore

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