Hola, cuánto dinero cuesta pedir las últimas voluntades y lectura del testamento

Me gustaría saber que es lo que cobra un notario tras una defunción el hacer todos los trámites, el papeleo de últimas voluntades y la lectura del testamento, y si hay que hacer más trámites.

Respuesta

Le digo lo que tuve que hacer yo. Fui al Juzgado de la ciudad del fallecido y me dieron el certificado de defunción gratis. Luego, ya que en mi población no hay Ministerio de Justicia, llamé por teléfono y me dijeron que entrara en la web del Ministerio donde descargué el impreso 790 para pedir últimas voluntades, rellené lo que me indicaron y lo remití por correo certificado como me recomendaron. Hay que pagar unas tasas en el banco ( unos 7 y pico €) y se quedan una hoja, la otra me la quedé yo y la tercera es la que envié por correo. Tardó como un mes en llegarme. En el papel que me mandaron decía si el difunto hizo testamento y en qué Notaría. Fui a recoger una copia y me cobraron 6€ por ella.

Luego, en el registro de la propiedad, me cobraron casi 4€ por cada nota. En el Banco sí me pusieron problemas aún llevando toda la documentación en regla y me dijeron que necesitaba la orden de un Juez. Ya lo dejé en ese punto por lo que sólo puedo ayudarle hasta ahí.

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La notaría no es una gestoría.

En notaría no hacen ninguna de esas gestiones por encargo. Se limitan a hacer o facilitar escrituras, según la ley.

Tras un fallecimiento tienen que conseguir:

1º- Certificado ORIGINAL DE DEFUNCIÓN.

Pueden conseguirlo en el registro civil y en la funeraria que hizo el sepelio.

Esto certificado es gratis.

2º- Con ese certificado van a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad y piden el CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES. También gratis.

En este certificado dice cual es el testamento válido.

Van al notario que indique y presentando los dos certificados mencionados, les darán copia del testamento, y se lo leen en casa. Los notarios no tienen porqué ni localizar a los herederos, ni reunirlos a todos para leerles el testamento.

Una vez tengan las tres cosas, han de reunir toda la información sobre lo que ha quedado en herencia:

Certificados bancarios de saldos al día del fallecimiento.

Notas simples y recibos del IBI de las propiedades

Cualquier otra documentación sobre lo que se hereda.

Tengan en cuenta que lo que no se presente en el notario no lo heredan y no podrán obtenerlo.

Con todo se va al notario a firmar el llamado CUADERNO PARTICIONAL, que es la escritura notarial de aceptación y reparto de herencia.

La ley permite que los herederos se pongan de acuerdo antes y repartan a su antojo las propiedades a heredar. No hay porqué aceptar el reparto establecido en el testamento que muchas veces es muy poco conveniente.

Una vez aceptada la herencia (si es que desean aceptarla, porque esto no es obligatorio), hay que ir a pagar los impuestos de sucesiones.

Ya con todo, pueden ir a los bancos y que les repartan el dinero, y al registro de la propiedad a inscribir las fincas a nombre de los nuevos propietarios.

Si le queda alguna duda, me lo dice.

Si no va a añadir más, le ruego ME FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.

Hasta otra.

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