Herencia sindividir y fallece hijocon mejora

Tengo un caso de una práctica un poco lioso y largo el cual no encuentro respuesta, a ver si me pudiera ayudar.
Una señora viuda tiene 8 hijos y en su testamento deja una mejora a dos de sus hijos Blanca y Carlos una casa y ajuar a la mitad, y a Carlos la bodega del sótano de la casa; y los demás bienes por partes iguales a sus 7 hijos y su nieto Jaime (porque la madre había fallecido). Blanca a la que había dejado la mejora muere antes que su madre, en 1951 sin testamento, soltera y sin hijos. La madre fallece en 1953. Y Carlos (sin hijos y soltero) el otro hijo con mejora fallece poco después que su madre y deja como heredero a su sobrino Jaime.
Los restantes hermanos no habiendo dividido la herencia de la madre quieren divifir la casa en 1/7 partes de la mitad heredada por Blanca y dos de los hermanos quieren poner fin a la posesión en exclusiva por Jaime, pero este considera que le pertenece la propiedad de la casa en exclusiva por ser heredero que sucedió por testamento de su tío Carlos.
¿Cómo se haría la partición de Blanca con sus hermanos? ¿Es necesario primero dividir la herencia dejada por la madre? ¿Quién lleva la razón, Jaime o sus tíos? ¿Cómo se repartirían las distintas herencias? ¿Puede haber adquirido jaime por prescribir la acción de partición y por la posesión continuada en el tiempo?
Estas son las cuestiones que no entiendo.

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Respuesta

Yo lo veo muy claro. La hermana que falleció, es como si no existiera, luego su mitad de la casa se tiene que repartir entre siete: los seis hijos y Jaime que substituye a su madre fallecida. A Jaime le toca su parte del total, que incluye 1/7 de la mitad de la casa.

A su tío Carlos, además de la bodega, le toca media casa que es la mejora, más un séptimo como a los demás.

Al dejarle Carlos la herencia a su sobrino, éste tiene 1/7 que ya le correspondia + 1/7 que correspondia a su tio, + la mitad que correspondia a su tio, + la bodega.

O sea, de la casa tiene 9/14 partes.

Pero si durante todo este tiempo Jaime ha tenido la posesión y puede demostrar que la ha poseido, se ha comportado como dueño y ha pagado los impuestos, no hay duda que ha estado usocapiendo y ahora la propìedad es suya. Esto es así en virtud del artículo 1959 del códogo civil, que dispone que el dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles prescriben por su posesión no interrumpida durante treinta años, sin necesidad de título ni de buena fe.

Por lo tanto si este es el caso respecto a los inmuebles, entiendo que ahora pertenecen a Jaime en su totalidad.

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