Excedencia

Trabajo en Málaga capital con convenio colectivo de comercio. Llevo un año y dos meses en la empresa. ¿Puedo pedir excedencia? ¿De cuánto tiempo? ¿Cuándo tengo que avisar?

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Sí puedes pedir una excedencia. El plazo de duración tiene que ser como mínimo dos año y como máximo cinco años.
Si la excedencia no responde a enfermedad de un familiar o paternidad/maternidad, no tienes derecho a la reserva de tu puesto de trabajo, por lo que únicamente tendrás un derecho preferente a reintegrarte en la empresa, si existe una vacante en tu puesto o categoría equivalente.
En cuanto al plazo, la Ley no dice nada, pero te aconsejo que lo hagas con dos meses de antelación.

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