Prestacion por IT

Como se calcula la cuantía de la prestación por IT (derivada de accidente laboral) cuando durante la misma se extingue el contrato de trabajo y no tienes derecho a paro porque no has trabajo los días exigidos (180) para solicitarlo, porque la ley dice que cobraras lo mismo que la prestación por desempleo pero si no tienes derecho a cobrarla, como se calcula la nueva prestacon.
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Según el art. 222 de la LGSS, no hay distinción entre IT derivada de accidente de trabajo de la IT derivada de enfermedad común, si esto es así, no le correspondería la prestación por no reunir los requisitos necesarios para percibir el subsidio por desempleo.
Me ha llamado la atención esta consulta, porque me parece extraño que un trabajador que sufre un accidente laboral se pudiera quedar sin un subsidio por finalización de contrato. Si encuentras alguna otra información te agradecería que me la hicieras saber.
Pregunta en el INSS para salir de dudas.
Gracias por contestarme, preguntare en el INSS. Ademas conozco otro supuesto similar en el que una vez finalizado el contrato la Mutua pago la prestación hasta que dio el alta sin tener los 180 días necesarios para el paro.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas