Prejubilación

La empresa ha presentado suspensión de pagos y después del correspondiente proceso judicial y ordenado por el Sr Juez ha cesado en su actividad por lo que me han despedido con el correspondiente finiquito e indemnización de 20 días por año.Mi pregunta es la siguiente, tengo 56 años y 28años y 8 meses cotizados me comenta mi abogado que puedo optar por la prejubilación y encontrá trabajo con contrato a tiempo parcial o media jornada lo cual para cualquier empresa es interesante ¿es correcto?

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En principio tienes 24 meses de desempleo y después ti te corresponde el correspondiente salario familiar o social hasta que llegas a los 60 años que puedes jubilarte con el 60% de lo que tengas cotizado en la media de los últimos 15 años.
No se si a esto tu abogado llama prejubilación, pero es lo que puede hacer.
Durante los 2 años de paro es complicado trabajar en otra cosa ya que es un mínimo que tal vez no te merezca la pena, pero eso lo mejor es ir a la oficina del antiguo inem y preguntar y de paso solicitar el desempleo que tienes solo unos días de plazo.

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