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¿Dónde puedo encontrar la Ley donde dice
si las pagas extras se cuentan por 6 meses o por 12 meses trabajados?
Pues en mi convenio Sector del Comercio del Metal Prov. Barcelona no dice nada.
Gracias.
Un atento saludo

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Respuesta
1
Obviamente se han inventado eso de junio a junio. En cuanto a pagas extras no hay otra ley que no sea el convenio. La paga extra la tienes que cobrar en junio entera como todo hijo de vecino en tu empresa.
No se devenga de junio a junio, sino por años naturales. En tu convenio dirá claramente que tienes 13 pagas al año y el año en este caso es 2007. Eso quiere decir que si te vas de la empresa antes del fin de año, por despido o baja, te descontarían la parte proporcional de la paga extra que hayas cobrado de más.
O lo que es lo mismo. Ahora cobras media paga y la otra media en diciembre. Pero al acabar el año tienes que cobrar el nº de pagas que diga el convenio y si no las has cobrado les puedes poner una reclamación de cantidad.
La gente cobra la parte proporcional de la paga extra aunque sólo trabaje en la empresa un mes. En ese caso cobrarían la doceava parte de la paga extra en el finiquito.
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En mi caso el convenio obliga,
Antes trabajaba en el sector de artes gráficas y era por 6 meses trabajados te toca una paga extra.
Ahora desde septiembre estoy en el convenio Comercio del metal y me han dicho que si no has trabajado 12 meses no te toca la paga extra entera.Se cuenta de Junio a Junio
¿Dónde está esto reflejado?
¿Qué ley lo regula?
Las pagas extras no están reguladas ni obligadas en ninguna ley. En principio en ningún trabajo hay que cobrar pagas extras y en los que se cobran es porque obliga el convenio aplicable o bien por la "buena voluntad" del empresario.
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