Excedencia voluntaria

Buenas, me gustaría saber si puedo solicitar en mi empresa una excedencia voluntaria para trabajar en otra empresa durante dos años. ¿Esto esd posible?, la nueva empresa no se dedica a lo mismo que la primera, por lo que no es posible alegar competencia desleal ni nada por el estilo. Si es posible, en el escrito de solicitud ¿qué expreso como finalidad de la excedencia, para asuntos propios?
Muchísimas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
La excedencia voluntaria es la prevista en el artículo 46.2 del Estatuto de los trabajadores (E.T.); Es solicitada por el empleado con base en sus propios interés personales y el empresario está obligado a concederla si se dan los circunstancias exigidas por la norma: antigüedad en la empresa de un año, plazo de excedencia no menor a 2 y no mayor a 5 años, transcurso de al menos 4 años desde la excedencia anterior; no implica la reserva del puesto de trabajo y sólo reconoce un d.º preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría; así mismo, el tiempo de excedencia no se entiende como t.º de servicios; respecto a qué expresar en el escrito de comunicación, dado que el origen de la misma es tan variada como las circunstancias que la motivan, no hay problema a expresar asuntos propios; por último, para dar una respuesta más completa sería conveniente examinar el convenio de empresa o sector si los hubiere, dado que generalmente mejoran la protección de mínimos que da el Estatuto. Espero que sea de su utilidad. Si precisara un modelo de escrito de su excedencia el equipo de LABORGEST puede facilitárselo sin coste ninguno y a través de Todoexpertos.
Muchas gracias por su ayuda, es la primera vez que pregunto algo en esta web, desconocía que la gente aquí fuese tan competente. Un saludo y gracias

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas