Baja y extinción del contrato

Estando de baja por enfermedad común si se extingue el contrato de trabajo, a partir de ese momomento quien me paga el subsidio de IT, sigue abonandolo la empresa o tengo que solicitar el pago directo al INSS.

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Tienes que solicitar el pago directo al INSS, normalmente lo puedes hacer y te informarán de todo a la hora de indicarlo en la oficina de empleo, seguirías cobrando la prestación de IT deducida de la prestación de desempleo a la que tuvieras derecho.

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