Implantar cuarto turno
En mi empresa(regida por el Convenio Nacional Textil) tenemos un calendario laboral firmado de lunes a viernes, utilizando el sábado para hacer flexibilidad tal y como marca el Convenio, pues trabajamos a tres turnos. El contrato que tenemos es de lunes a domingo. Ahora quieren implantar un cuarto turno en una línea de trabajo, haciendo uso del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Lo hacen de manera individual por no verse afectado el 10% de la plantilla. Mis preguntas son las siguientes:
1.- ¿Pueden modificar de esta manera el calendario laboral firmado?
2.- ¿Deben pagar como horas extraordinarias los domingos que se trabajen?
3.- Si además de los operarios afectados contamos con el personal que hace falta para poder funcionar( mantenimiento, logística, supervisores) se vería afectado más del 10% de la plantilla y se debería consensuar el cuarto turno con los representantes de los trabajadores. ¿Es legal afectar sólo a los operarios de producción en el cuarto turno?
1.- ¿Pueden modificar de esta manera el calendario laboral firmado?
2.- ¿Deben pagar como horas extraordinarias los domingos que se trabajen?
3.- Si además de los operarios afectados contamos con el personal que hace falta para poder funcionar( mantenimiento, logística, supervisores) se vería afectado más del 10% de la plantilla y se debería consensuar el cuarto turno con los representantes de los trabajadores. ¿Es legal afectar sólo a los operarios de producción en el cuarto turno?
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Respuesta de agarfer
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