Irse sin avisar los 15 días

Bueno la pregunta no es para mi.
Mi tía dejo su trabajo sin los 15 días de preaviso porque ya no aguantaba más en su empresa y su jefe no la quiere pagar el ultimo mes trabajado. ¿Tiene derecho a no pagarla por no aver aviasado los 15 días reglamentarios?

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Lo primero es que los días de preaviso no son siempre 15. Son los que diga en el convenio. En algunos son menos. Algunos convenios autorizan a la empresa a descontar un día de salario por cada día de falta de preaviso. Por tanto, ese descuento sólo se puede hacer si lo autoriza el convenio. Por otro lado, aunque lo autorice, el Estatuto de los Trabajadores prohíbe las multas económicas, por tanto el descuento sólo se puede hacer de los días que le deban de vacaciones, nunca del salario de los días efectivamente trabajados. Pero además, el descuento sólo lo pueden hacer si la falta de preaviso les ha producido un perjuicio económico real. Por supuesto es la empresa quien tiene que demostrar que hubo perjuicio y no el trabajador quien tiene que demostrar que no lo hubo. Por tanto, en caso de descuento, yo pondría una reclamación de cantidad y en el juicio pediría que la empresa aportara:
1- El libro de matrícula, para que prueben que el puesto ha estado sin cubrir todos los días que pretenden descontar.
2- Ofertas de empleo cursadas al INEM, anuncios insertados en prensa, es decir, que demuestren que han intentado cubrir el puesto y no han podido.
3- Testigos que declaren que las funciones del puesto no las ha hecho otro empleado.
4- Pruebas documentales de que al estar el puesto sin cubrir ha habido un perjuicio económico igual o superior a la cantidad que se pretende descontar.
Por tanto que el jefe haga lo que quiera. Pero si a mí me descontara un sólo euro le pondría la reclamación de cantidad. Mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el SMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes.

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