Readmisión

Hola buenos días tengo una duda¡¿Estoy en juicio con la empresa en la que trabajo.y bien mi pregunta es que si se negaran a indernizarme por despido improcedente con 45 días... Si me readmite? Este señor tiene dos tiendas y una la cierra en la que yo trabajo, y me pasa a la otra tienda, ¿es correcto? Me gustaría saber que derechos tengo, si puedo denunciar por mobbing, ¿o puedo negarme a ser readmitido? Estaría muy agradecido con tu ayuda. Gracias¡

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Si el juzgado declara improcedencia sera porque no hay causa para el despido, la tienda sigue abierta y el empresario opta por la readmisión o el despido indemnizado. En caso de readmisión, para poder denunciar por mobbing es preciso que exista un acoso probado y duradero a lo largo del tiempo, ya que en caso contrario no existe base para una denuncia.
En cuanto a la negación de la readmisión tendrá efectos de dimisión tanto en términos económicos como de desempleo.
Si el despido es procedente, el trabajador queda capacitado para pedir la extioncion laboral por haber cambiado sustancialmente las condiciones de contrato, con derecho a 20 días de indemnización por año trabajado y derecho a pedir desempleo. Pero solo si es declarado procedente.
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Si en el juicio el despido es declarado improcedente, la empresa es la que decide entre si te readmite o te indemniza. No puedes elegirlo tu. Si fuese nulo entonces si que elegirías tu, pero para eso tendrías que ser representante legal de los trabajadores o ser motivo de maternidad o paternidad.
Si cierra la tienda donde estas, tiene que justificarlo y si es prodecente te tendrá que indemnizar con 20 día spor año, si es improcedente con 45. No estás obligado a ir a la otra tienda, pero esa negativa podría fiunalizar con la indemnización de 20 días por año si es por causa objetiva demostrada. Para eso tiene que demostrar pérdidas en los últimos años y que las perspectivas no son de recuperación. Si no lo demuestra, puedes reclamar los 45 días por año, o irte a la otra tienda si quieres. Si no quieres, repito, no tienes que ir, solo que en el peor de los casos la indemnización seria de 20 días por año.
(He descartado otra pregunta tuya por ser la misma repetida)
¿Podría denunciar a la empresa por readmitirme en otra tienda en la que yo no estaba trabajando aunque pertenezca al mismo dueño? ¿Sin estar en las mismas condiciones? ¿Puedo acusarlo después a los 15 días por mobbing? ¿Y cogerme la baja 18 meses? Te agradecería que me aclaras esa duda si no te importa. Gracias
Como ya te he dicho, te puede cambiar a la otra tienda si demuestra que tenia perdidas, si no lo demuestra no. Pero en ese caso, si lo demuestra, no estás obligado a ir, recibiendo una indemnización de 20 días pro año. Si accedes a ir, has de estar en las mismas condiciones, si no no puede obligarte, y en ese caso si recibirías 45 días por año.
Si te refieres a si puedes denunciar a la empresa por cambiarte de tienda simplemente, depende, ya que si no te ha dado causas por escrito y con 30 días de antelación, claro que epuedes ya que eno cumple el protocolo legal. Si cumple el protocolo, en el escrito se ha de exponer las causas, y si no son correctas, también puedes denunciarle.
Lo de denunciar por mobbing siempre puedes hacerlo, pero tendrás que prepararte pruebas para el juicio.
Lo de cogerte la baja 18 meses, eso dependerá de los médicos. Hoy la baja máxima e sde 12 meses (lo cambiaron hace un par de años), y luego pasarías tribunal médico para ver si la alargan 6 meses más o te dan el alta o una invalidez.
Mucha suerte y saludos
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En caso de despido si este fuera declarado improcedente y la empresa opta por la readmisión deben readmitirte en las mismas condiciones anteriores.
Si no es posible mantenerte en la misma tienda porque esta cierra tendrán que trasladarte a la otra tienda, si esto implica modificación sustancial de las condiciones de trabajo tendrás derecho a extinguir la relación laboral con una indemnización de 20 días por año (no de 45 como en caso del despido anterior).
Si estás sufriendo mobbing deberás tomar medidas para protegerte. Supongo que has buscado ayuda profesional, debes estar asesorado en todo momento para tomar las decisiones adecuadas.
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No puedes negarte a ser readmitido, lo que si podrás plantear es un incidente de readmisión irregular si la citada readmisión se produce en un centro distinto o en condiciones distintas a las que tenías en el momento del despido
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No me dices porque estas de juicio con tu empresa, pero paso a responderte punto por punto :
1) Cuando el despido es improcedente, significa que la empresa reconoce el despido, y por ello debe indemnizarte con el máximo, que en efecto son 45 días por año trabajado. Por lo tanto, no te readmite. La readmisión solo se efectúa con despido nulo.
2) Deduzco según tu que te ha despedido en la primera tienda y quiere que trabajes en la segunda. Bueno pues eso es una decisión tuya, una vez obtenido el despido y liquidación de la primera tienda.
3) Denunciar por mobbing:Claro que lo puedes hacer; hoy en día estas denuncias sirven ademas de cara a un juicio por un despido.
Y a ser readmitido también te puedes negar si tienes la opción en juicio de hacerlo. Es decir hay juicios que te permiten obtener la indemnización y no volver al trabajo, y otros en los cuales el empresario decide reamitirte y no te paga indemnización.
En tu caso repito, si es un despido improcedente, el empresario va a indemnizarte porque no quiere readmitirte.
Generalmente la empresa deposita en el juzgado tu liquidación y tu indemnización.
En cuanto a los salarios y antigüedad, debes acudir a un laboralista urgente para que te mire todo esto, ya que la reclamación de salarios es de 1 año.
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La pregunta esta repetida. Por favor cierrarla y seguimos hablando, si lo necesitas, en la otra pregunta

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