Saludos Bergenz,

Con tu permiso voy al grano directamente: mis compañeros y yo, como delegado de personal, estamos sopesando poner un conflicto colectivo contra nuestra empresa, que no abona de forma sistemática los atrasos correspondientes a los primeros meses de cada año, en la actualización de las tablas salariales. Nuestro sector es el siderometalúrgico de Madrid, y tampoco abona los atrasos de las actualizaciones anuales de los pluses aplicables en nómina, con lo que todo esto implica en el salario neto de las nóminas y en su posterior aplicación para el paro, la jubilación y las cotizaciones a la Seguridad Social y y Hacienda. Me gustaría saber si un conflicto colectivo puede hacerse por incumplimiento de convenio y si este abarca todo el periodo que lo comprende (2005-2008) o solo es un año, o puede abarcar todos los incumplimientos de convenios anteriores. Me dicen que la sentencia posterior no es ejecutable, osea, que el juez no puede obligar a la empresa a pagar dichas irregularidades, ¿es cierto?, si lo es, sería muy injusto, por eso me cuesta creerlo, y que después tendríamos que hacer una reclamación de cantidad en la que solo tendríamos derecho a un año. Además, en las nóminas, siguen reflejándose mes a mes, las mismas irregularidades, ¿cómo podríamos enfocar el problema para obligar a la empresa a pagar el máximo de sus deudas con los trabajadores y que no pudieran volver a cometer las mismas infracciones?. Muchísimas gracias de antemano.

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Por un lado si pones una denuncia en la inspección de trabajo esta podrá comprobar la realidad y sancionar a la empresa.
A parte debéis poner una demanda judicial por cantidad, ya que el salario de convenio es el salario mínimo que debe pagar la empresa, os tendrán que actualizar el salario y podéis reclamar la diferencia del último año, las cantidades anteriores prescriben.
No recuerdo cuando salieron las tablas del metal en 2007, creo que antes del verano, si no hubiera pasado un año podríais reclamar todo el año anterior, porque la tabla salarial tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero. Para este planteamiento tienes que estudiar el convenio colectivo para ver como indica el devengo de las subidas.
Puedes plantearlo a nivel colectivo, o de forma individual.
Perdona que insista con esta aclaración: ¿En la denuncia a la inspección de trabajo debo especificar que es "conflicto colectivo por incumplimiento de convenio colectivo?; y si es así,¿solo por las irregularidades del ultimo año, o durante el periodo 2005-2008, que es el que comprende nuestro convenio?.Gracias otra vez.
En la denuncia no es necesario que lo especifiques todo, es suficiente con que indiques que no se cumple con el salario mínimo del convenio colectivo.
El inspector no reclamará vuestro salario pero si sancionará a la empresa por no cumplir con el convenio, esto podrá serviros de prueba en el jucio para reclamar el salario del último año.
Es importante que una vez puesta la denuncia, a la semana aproximadamente hagas el seguimiento: pides hablar con el inspector designado y te pones a su disposición por si necesita alguna aclaración.

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