Somos dos trabajadores del sector del mueble de cocina y se nos ha impuesto una reducción de jornada

Hola.
Somos dos trabajadores del sector del mueble de cocina, por motivos de la crisis, nuestro jefe ha planteado una reducción de jornada y nosotros pensamos en no aceptarlo, creemos que es preferible que nos despida y luego hablar sobre el tema, para así cobrar toda la indemnización, quisiera saber que nos correspondería. Yo llevo desde septiembre de 2003 y mi compañero desde noviembre de 1990.

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En caso de despido por circunstancias organizativas y de la producción, además del finiquito (parte de sueldo no pagado, parte proporcional de pagas extras, días festivos y vacaciones) os correspondería 33 días de salario por año de antigüedad en la empresa o la parte proporcional para los meses que no completen 1 año. Con un límite de 24 meses de salario habitual.
La indemnización habitual en caso de despidos improcedentes es de 45 días, pero por circunstancias organizativas es de 33, por lo que el empresario será esta la que os debería ofrecer. Si no estuvieseis de acuerdo tendríais que impugnarlo ante un juez, pero es difícil que os concedan la de 45 días.
Espero haberos resuelto las dudas. Si no deseáis más alcaraciones sobre este tema.

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