Traslado de oficina de Guadalajara a Madrid

Mi empresa cierra las oficinas que tienen en Guadalajara y nos han comunicado que nos trasladan a Madrid para centralizar el trabajo. También nos han dicho que no nos podemos negar porque el traslado es inferior a 60 KM y que tampoco nos mejoran las condiciones laborales ( plus de transporte o comidas ) porque no nos corresponde, y si nos negamos seria un despido procedente ( no paro, no indemnización )
¿Nos podemos negar? ¿Qué derechos tenemos?

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Tienes que mirar si tu convenio establece un traslado de esa distancia, que dudo mucho que lo ponga. Si no es así, puedes negarte perfectamente, y pedir una indemnización de 20 días por año. Está estipulado en la movilidad geográfica del estatuto.
Si no exige cambio de domicilio, de todas formas te están cambiado de centro de trabajo, por lo que epuedes acogerte a la indemnización y por su puesto coger paro.
Por otra parte, el despido procedente da derecho a paro (que no te vendan la moto), lo que no te da derecho le despido procedente es a indemnización, pero si a paro.

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