Acuerdo fraccionamiento de pago de indemnización

Un trabajador que al ser despedido por la empresa y reconociendo ésta la improcedencia del mismo, firma un acuerdo con la empresa en el que ambas partes acuerdan el pago a plazos de la indemnización. Si el trabajador se arrepintiese más adelante del fraccionamiento del pago, incluso habiendo cobrado el primer plazo, podría demandar a la empresa, por impago de indemnización o una vez haya firmado el acuerdo no puede reclamar nada.

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Vaya por delante que el fraccionamiento es optativo y no tiene por que ser aceptado por el trabajador no queda obligado a aceptarlo. Así las cosas esta claro que si la empresa no pagase algún plazo esta tendrá derecho a exigir las cantidades que se le adeudan por dicho convenio.
Mi pregunta es, que habiendo firmado el trabajador el acuerdo de fraccionamiento, puede en algún momento arrepentirse de ello, ¿y reclamar la cantidad en un solo pago? No me refiero a que la empresa haya dejado de pagarle los plazos.
Aham bien. Decíamos que el acuerdo es optativo pero una vez aceptado por el trabajador se supone que debe respetar el mismo. NO obstante habrá que ver si en los términos del acuerdo cabe la posibilidad de exigir el importe integro como pretende. Más allá es un acuerdo privado entre partes.

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