Baja por riesgo en el embarazo.

Llevo seis semanas de baja por riesgo en el embarazo, aunque en mi parte de baja pone, baja por enfermedad común. He leído que en este tipo de baja se cobra el 100%.
Me gustaría saber si es verdad, si debería intentar que me cambien la razón en la baja, o no es necesario, pues se sobreentiende.
Mi empresa me esta pagando el 50%, que eso si que no se de donde se lo sacan, pero es que todo el mundo que tiene una baja, tiene problemas, pues no les pagan correctamente.

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Si la baja es por riesgo al embarazo, por una parte tienes una inmunidad de que no pueden despedirte, y para que sea por riesgo al embarazo, el trabajo que realizas tiene que estar contemplado dicho riesgo en la evaluación deriesgos de tu puesto de trabajo. Nos e si ahora se cobra el 100%, lo que si se es que hasta hace poco era el 75% desde el primer día, mientras quela enfermedad común era 3 días al 0%, 20 al 60& y el resto al 75%.
Si hay motivos para que la baja sea por riesgo al embararazo, claro que has de cambiarlo, pero se han de cumpkir los requisitos que te he dicho.
No se qué especifica tu convenio, sobre lo que paga la empresa, lo básico en la ley general de la seguridad social, es que hasta el día 15 de baja es a cargo de la empresa, el resto a cargo de la seguridad social o mutua.

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