Baja laboral2

Hola de nuevo, querría hacerte otra pregunta:
Como ya te conté hace casi dos años me operaron de una grave enfermedad, a consecuendia del tratamiento me surgieron nuevos problemas de tipo cardicaco y oseo que aun arrastro. Pasado este tiempo negándome la IT, me he vuelto a reincorporar al trabajo. M iduda es la siguiente. Si vuelvo a tener una recaída en unos meses, tendría derecho a otros 18 meses de baja, ¿directamente a la Incapacidad total o a nada de ello?
Muchas gracias por tu tiempo. UN saludo.

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Extinguido el derecho a la IT por el transcurso del plazo máximo y habiendo sido dado de alta médica el trabajador sin declaración de incapacidad permanente, sólo podrá generarse un nuevo proceso de IT por la misma o similar patología:
Si media un período de actividad laboral superior a 6 meses, o
Si el INSS, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica por IT.
Sin perjuicio de las competencias que correspondan a los Servicios Públicos de Salud, los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social podrán expedir el correspondiente alta médica en el proceso de incapacidad temporal, a los exclusivos efectos de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.

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