Traspaso/cierre de empresa, dudas

Tengo unas cuantas dudas acerca de como debo actuar en relación al traspaso de mi empresa expongo la situación a continuación y las dudas luego.
Llevo en la empresa des de el primer día como encargado de sucursal y con contrato fijo, la tienda lleva abierta 1 año y cinco meses, hace dos semanas se me comunico verbalmente la intención de traspasar la tienda y estaban en busca de alguien, encontraron a ese alguien y a día de ayer 23/04/09 me fue comunicado también verbalmente que el traspaso seria efectuado el día 30/04/09, con el consecuente despido debido a que el traspaso se hace de un modo raro, el local es de alquiler y lo que aran sera ir al arrendatario rescindir contrato y que la otra gente lo coja, y simplemente llegaran a un acuerdo económico con la otra gente sobre el material de la tienda y las reformas que se hicieron, con lo cual me fue comunicado que tendrían que despedirme.
No tengo un comunicado por escrito de que me van a despedir y como se ve ni me lo han dicho con los creo 15 días pertinentes.
Mis dudas son las siguientes, en este caso tal y como esta la situación que seria lo que me pertocaria, digamos que al ser despido supongo improcedente. ¿Cuántos días me pertocan de retribución llevando en la empresa un año y cinco meses y cobrando un salario en bruto de 1284.80? Aquí están incluidas las pagas extra, mi categoría es encargado de sucursal en el contrato me pone de actividad económica Com.Men. De vinos y otras bebidas.
¿Cómo he leído aparte de pagarme la nomina porque es final de mes, dentro del finiquito también tendrían que incluirme el valor de esos 15 días que no me dieron con el pre aviso?
Muchas gracias, por la ayuda, Saludos.
P.D: Si necessitas algun dato mas para podermelo decir, no dudes en pedirmelos.

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La indemnización dependerá del tipo de despido, en cualquier caso siempre debes reclamar si no te pagan la máxima indemnización porque es la empresa la que debe demostrar el motivo del despido y no tú.
Si te despiden debes exigir que sea por escrito, si no lo hacen así debes continuar trabajando.
Si se trata de extinción de empresa, sin existir ningún tipo de vinculación entre la empresa anterior y la actual la indemnización sería de 20 días por año trabajado (1284 euros)
Si te despiden por motivos disciplinarios sería de 45 días por año trabajado (2889 euros).
Si te despiden por motivos objetivos te corresponderían 30 días de preaviso más un mínimo de 20 días por año, pero judicialmente podrías conseguir 45 días (2568 euros)
Por lo tanto, en primer lugar deben comunicarte el despido por escrito y en función de lo indicado comprobar si se corresponde con la realidad y si te pagan la indemnización correctamente, en caso contrario podrías reclamar la diferencia.

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