Excedencia voluntaria

Hola, en Septiembre 2008 he pedido una excedencia voluntaria para 10 meses, hasta 1 de julio de 2009. La antigua empresa ha cambiado y la persona que me sustituye tiene un contrato de 9 meses hasta 1 de junio. He presentado la solicitud de reincorporación para 1 de julio, el 24 de Abril 2009, pero todavía no me han dado ninguna respuesta y evitan hablar conmigo.
¿Es posible que la nueva empresa le haga un contrato indefinido a la persona que me sutstiuye dado que su contrato caduca el 31 de mayo y que existe este mes de diferencia hasta que finaliza mi excedencia? ¿Tengo qué mandarles otra solicitud? ¿O qué puedo hacer en esta situación?

3 respuestas

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Salvo que la empresa te confirmara por escrito la reserva de puesto de trabajo en excedencia voluntaria solo se tiene derecho a preferencia de ingreso en caso de vacante.
Por lo tanto, si la empresa no tiene ningún puesto libre en el momento que finaliza tu excedencia no estaría obligada a contratarte. El que te llame o no la empresa es independiente a la relación laboral que tenga con la persona que actualmente te está sustituyendo, porque salvo que pruebes lo contrario no tienes derecho de reserva de puesto de trabajo.
Lo único que puedes hacer es solicitar tu reincorporación, que ya lo hiciste y esperar a que te llamen, si la empresa no se pone en contacto contigo deberás solicitar la reincorporación de forma periódica y en el momento que tengas conocimiento de que contratan a otra persona (una vez finalizado el periodo de excedencia, por lo tanto a partir del 1 de junio) deberías ponerte en contacto con la empresa para exigir tu contratación, en caso contrario reclamar como si de un despido se tratara con derecho a indemnización de 45 días por año trabajado.
Hola
A la persona que me sustituye le finaliza el contrato el 31 de mayo y mi excedencia finaliza el 30 de junio. Yo tengo que hacer una solicitud de reincorporación con un mes de antelación ( ya lo hice - con dos meses de antelación ).
Empezando con 1 de junio mi puesto de trabajo se queda libre, pero mi excedencia finaliza el 30 de junio. ¿La empresa le puede hacer otro contrato a la persona que me sustituye ( por ejemplo indefinido ) ya que hay un mes de diferencia o yo tengo derecho preferentemente para este puesto? ¿Y si le pueden hacer otro contrato me puden decir luego que no hay vacante?
La empresa puede hacer un contrato y este podría ser indefinido a la persona que ocupa tu antiguo puesto de trabajo, como antes te decía tú solo puedes exigir desde el 1 de julio, no antes.
Como el contrato de esta persona no es de interinidad para sustituirte, es independiente la relación laboral de esta persona con la empresa respecto a tu excedencia.
Debes estar atent@ desde el 1 de julio a las vacantes que surjan en la empresa. Antes no puedes exigir nada.
Mis compañeras me han dicho que la persoana que me sustituye tiene un contrato de interinidad para 9 meses que lo ha hecho la antigua empresa. Ahora hay otra empresa. Mi excedencia es de 10 meses. Aquí tengo la duda. ¿No entiendo porque le han hecho el contrato para 9 meses y no por 10 meses?
Muchas gracias.
Una vez que finaliza mi excedencia y me contestan que no hay vacante, ¿mientras la empresa contrata a una persona para sustituciones de vacaciones esto significa puesto vacante? Y si es así, ¿Al tener contrato de trabajo indefinido tengo que aceptar el puesto? ¿Y si lo acepto solo sera para un mes y después que hago?
El contrato de interinidad durará mientras dure la sustitución que se está cubriendo, si no se cumple con este requisito el trabajador interino tiene derecho a exigir la reincorporación o una indemnización de 45 días por año por despido.
Tendrás preferencia a ingresar aun justificando que se trata de contratos temporales, siempre tendrían que llamarte a ti, pero no tendrías porqué aceptar un contrato temporal aunque si tendrías derecho de reserva para el primer contrato indefinido que surgiera.
Por otra parte en caso de ofrecimiento de contrato temporal tendrías que estudiar si este está en fraude de ley, porque esto implicaría que no se permitiría el contrato temporal y deberían hacerlo indefinido.
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Si has presentado la solicitud de reincorporación de forma que se pueda aportar como prueba en un juicio (burofax con acuse de recibo y certificación de texto o por escrito presentado presencialmente en la empresa y con acuse de recibo sellado y firmado por la empresa) ya sólo te queda esperar a que te llamen para la reincorporación. En principio puesto que se trata de una excedencia voluntaria podrían tenerte en espera hasta que surja una vacante. No se puede impedir que contraten de forma indefinida a la persona que ocupa tu puesto. En caso de que pasada la fecha de tu reincorporación contraten a otra persona y no te llamen se podría considerar como un despido táctito y se podría reclamar contra el mismo o solicitar la reincorporación a la empresa judicialmente.
Evidentemente también podrías proponer a tu empresa (si quieres por escrito) adelantar tu reingreso al momento de finalización de contrato de esta persona. De esta forma verías si hay una intención real de la empresa de reincorporarte o no.
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No entiendo tu pregunta y no quiero darte una respuesta equivocada simplemente por el hecho de contestarla, lo único que puedo decirte es que esperes haber si te contestan esto dice el estatuto de los trabajadores: El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia
conforme a lo establecido en este artículo será computable a
efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia
a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser
convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de
su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará
referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría
equivalente.

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