El finiquito

Hola llevo casi 6 años trabajando en una empresa textil, con contrato indefinido y hay rumores de que quieren cerrar la empresa por que la jefa dicen que esta enferma yo no se de que por que trabaja con nosotras a diario hasta ahora a no ser que enferme de repente.en dicho caso ¿tengo alguna clase de indemnización por despido y cual? ¿Pueden cerrar y echarnos a la calle por que ella este enferma?

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En contestación a su pregunta y por lo que comenta, decirle que en un despido por causas objetivas (causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, amortización de puestos de trabajo,...), el trabajador sí tiene derecho a percibir una indemnización, la cual consta de 20 días de salario por año de servicio, además de percibir el finiquito.
Pero como siempre, hay que estar a las circunstancias del caso en concreto y ver la documentación de la que se dispone, puesto que puede ser el motivo del despido, es decir la causa que se alegue por parte de la empresa para adoptar dicha decisión, ha de ser la propia empresa la que lo acredite, es decir, la que tiene que demostrar que esa causa es cierta, puesto que en caso contrario se trataría de un despido improcedente y la indemnización a la que se tiene derecho asciende a 45 días por año de servicio.

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