Primer salario

Hola:
Recientemente he cambiado de empresa, iniciando mi actividad laboral el día 2 de Marzo, siendo el día 1 festivo (domingo). La fecha que figura en el contrato como inicio de actividad es el día 2.
Mi pregunta es... ¿Tiene la empresa derecho a deducirme un día de sueldo del total a percibir durante el primer mes?
En caso negativo, podría indicarme alguna referencia (texto legal, convenio, ...) ¿A la que pueda hacer referencia para defender mi postura ante la empresa?
Muchas gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Creo que esta muy claro;si tu empezaste el día 2, y si tu contrato laboral empezó el día 2, solo te corresponde cobrar desde el día 2 hasta el 31 de marzo.
El día 1, ni lo trabajaste ni tenias contrato, por lo que no puedes cobrarle.
Si hubieses empezado el día 28 de febrero, o el 1 de marzo sí tendrías derecho a cobrarle, pero siento mucho decirte que a fin de cuentas lo que vale es el contrato.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas