En contrato relevista, aclaración
Hola makena, hace unos días me respondió a una pregunta, quisiera que me aclarara una detalle de su respuesta gracias
agradezco su respuesta, pero hay a lo mejor términos que no me quedan claros, en el comienzo de su segundo párrafo dice que " si posteriormente la empresa prejubila al trabajador al que tu sustituyes lo puede hacer". ¿Quiere decir que al yo hacer 34 horas semanales y la otra persona 6 horas semanales aun no se le llama prejubilado a la persona que hace 6 horas? ¿Explíqueme por favor qué quiere decir cuando dice que lo prejubila?. ¿Qué otra modalidad contrato hay? Perdona es que estoy algo confundido .
De antemano muchas gracias por su paciencia y sus respuesta
agradezco su respuesta, pero hay a lo mejor términos que no me quedan claros, en el comienzo de su segundo párrafo dice que " si posteriormente la empresa prejubila al trabajador al que tu sustituyes lo puede hacer". ¿Quiere decir que al yo hacer 34 horas semanales y la otra persona 6 horas semanales aun no se le llama prejubilado a la persona que hace 6 horas? ¿Explíqueme por favor qué quiere decir cuando dice que lo prejubila?. ¿Qué otra modalidad contrato hay? Perdona es que estoy algo confundido .
De antemano muchas gracias por su paciencia y sus respuesta
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Respuesta de makena33
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