¿El jefe puede pagarte la extra de verano en diciembre?

El jefe de mi marido lleva desde julio aplazando el pago de la paga extra de verano, diciendo que ahora no tiene para pagar, siempre pone fecha y nunca se cumple, hoy le ha dicho (el jefe) que tiene derecho a pagar la extra hasta que se acabe el año, ¿eso es cierto? ¿Tiene derecho a incumplir la fecha del pago de la extra del verano si la paga antes del año que viene o se lo ha sacado de la manga?

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Necesito saber a que convenio colectivo está acogido, sin generalizar, debe ser concreto, ya que el Estatuto de los trabajadores en su Art.31 Gratificaciones Extraordinarias, dice que son 2 pagas extras al año, una, recoge el art. y por lo tanto la Ley, que será en las fiestas de Navidad, pero la otra, que comúnmente todos pagan en verano, la deja a elección del convenio, así que si este recoge específicamente una fecha de la extraordinaria, que seria seguro verano, estaría el jefe cometiendo una infracción, por la que tu marido, podría perfectamente reclamarle por la vía legal incluyendo un 10% de indemnización en concepto de demora.
Mirad vosotros mismo el convenio y decidme la fecha que pone, si no lo tenéis o encontráis, me decís cual es y yo lo busco, si es que no lo tengo, y os lo miro, una vez comprobado esto, os comento la forma de proceder para reclamarlo.

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