Disolución comunidad de bienes
Ya habíamos hablado la semana pasada de esto.
Resulta que te comenté que los dos comuneros querían disolver la empresa. Resulta que rebuscando por el ordenador una carta de despido a fecha 30-09 con 45 días por año, pero me he encontrado otra con la misma fecha y esto es lo que ponía:
Al haber decidido la Dirección de la misma amortizar su puesto de trabajo por causas objetivas, basadas en razones económicas y productivas.
La actividad principal de la Empresa es la comercialización de productos derivados del café. Debido a la crisis del sector y la falta de pedidos a realizar, es total desde el mes de julio
En esta circunstancias se hace necesario la amortización de su puesto de trabajo. Por todo ello, le corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado
Entonces, ¿cuál me correspondería realmente? ¿20 días por año o 45?
Es cierto que la empresa va mal económicamente pero también es cierto que ellos quieren disolver la empresa.
Resulta que te comenté que los dos comuneros querían disolver la empresa. Resulta que rebuscando por el ordenador una carta de despido a fecha 30-09 con 45 días por año, pero me he encontrado otra con la misma fecha y esto es lo que ponía:
Al haber decidido la Dirección de la misma amortizar su puesto de trabajo por causas objetivas, basadas en razones económicas y productivas.
La actividad principal de la Empresa es la comercialización de productos derivados del café. Debido a la crisis del sector y la falta de pedidos a realizar, es total desde el mes de julio
En esta circunstancias se hace necesario la amortización de su puesto de trabajo. Por todo ello, le corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado
Entonces, ¿cuál me correspondería realmente? ¿20 días por año o 45?
Es cierto que la empresa va mal económicamente pero también es cierto que ellos quieren disolver la empresa.
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Respuesta de mario rodriguez AED
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