Duda sobre la media jornada

Buenos días,
Nuestra duda es la siguiente. Mi mujer trabaja en una peluquería y le es de aplicación el convenio de peluquerías, salones de belleza y gimnasios con validez para el periodo 2008-2010. ¿En dicho convenio les pertenece un plus de transporte de 1.80? Por día efectivamente trabajado. Si ella tiene ahora un contrato de media jornada ¿se le ha de minorar este plus en la mitad? O por el contrario si el desplazamiento le cuesta exactamente igual se ha de conservar.
Por otro lado, en el convenio pone que: "En el supuesto de que el IPC real final del año 2008 supere el IPC previsto, para dicho año, con independencia del porcentaje, la revisión del año 2008, se llevará a efecto, aplicando un incremento de 0,40 puntos a las tablas salariales para el año 2009." ¿Esto quiere decir que se aumentarán un 0,4% las tablas o es otro porcentaje?
Gracias por la respuesta.

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Si disminuye la jornada le disminuyen todos los conceptos a no ser que el convenio especifique lo contrario.
El IPC del 2008 NO superó al IPC previsto por lo que las tablas salariales no se modifican. Siguen igual las del 2008 y 2009. IPC previsto un 2 y real un 1.4.

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