Firma finiquito

- En el caso de despido por causas objetivas no cumpliéndose las condiciones.
- Para recibir la cuantía de la indemnización puedo firmar ( Recibido no conforme ) y la empresa debe aceptarlo y como consecuencia entregarme dicha cuantía obligatoriamente
- ¿Cuál es la forma de pago legal en el caso de indemnización?.
- Y posteriormente denunciar a la empresa por despido improcedente al no cumplirse las condiciones de despido por causa objetivas.

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En efecto, es más antiguamente si ponías recibido perono conforme, no te pagaban.
Ahora recomendamos a todo el mundo que para paliar los meses de espera de un juicio, es mejor primero cobrar tanto el finiquito como la indemnización, pones igualmente recibido pero no conforme, y seguidamente les demandas por despido improcedente.
No obstante, la empresa puede pagarte exclusivamente el finiquito, y no la indemnización,. Y te diré porque. Con despidos objetivos, la empresa es la que tiene que demostrar ante un juez el motivo del despido, ademas, de tener que pagar salarios de tramitación, si se celebra el mismo, por lo que generalmente llegan a acuerdos con vosotros para daros más días de indemnización y ahorrarse no solo el juicio, sino muy importante los salarios de tramitación.
Nunca dejes a posteriori la denuncia del despido, ya que tienes exclusivamente 20 días desde la fecha del mismo para efectuar la demanda.
Ah y te recuerdo que en despidos objetivos, se tiene que preavisar con 1 mes, porque sino, también cobras ese mes de sueldo.
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