Vacaciones

Hola buenos días
Te explico la situación completa
Me han notificado por escrito el traslado a otra localidad, he iniciado el proceso de impugnación.
Mi intención es evitar el traslado: el día de incorporación es el 28 de diciembre, a mi todavía me quedan vacaciones de este año sin disfrutar por lo solicite las vacaciones desde el 22 de diciembre al 7 de enero. Luego pediré un mes sin empleo y sueldo ya continuación una baja por paternidad, esperando que mientras tanto el jucio llegue.
Nos obligan a pedirnos 10 días hábiles en verano, yo tenia escogidas esas vacaciones pero al final por entrega de proyectos me toco cambiarlas para acondicionarme a la entrega.
Me notifican de palabra que no me dan esas vacaciones solicitadas, pero tampoco me permiten pasarlas al año que viene, solo me dan la opción de adelantarlas, pero eso no me interesa.
Que caminos tengo, por que tengo entendido que las vacaciones las tengo que disfrutar dentro del año y como mucho hasta el día 7 como es mi caso.
Muchas Gracias.-

3 respuestas

Respuesta
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Salvo que el convenio colectivo así lo indique o de mutuo acuerdo con la empresa, las vacaciones siempre deben disfrutarse dentro del año natural, por lo tanto aunque te venga mal si no las disfrutas en diciembre podrías perder las vacaciones si las dejas para el año 2010 y la empresa no acepta dártelas.
La solución sería solicitarlas dentro de este año y si la empresa no está conforme que te lo comunique por escrito con una propuesta de cambio de fecha. Debes tener en cuenta que si la empresa modifica el periodo de disfrute de las mismas de forma unilateral al menos debe preavisarte con dos meses de antelación, por lo tanto si solicitas las que te quedan de este año obligatoriamente tendrá que dártelas en diciembre o llegar a un acuerdo contigo para el cambio de fechas.
Yo las tengo solicitadas de forma oficial desde hace 3 semanas, de forma extraoficial me han dicho que debido al traslado no puede ser y que me las coja antes! Pero no me interesa!, mi solicitud esta dentro de este año!
Aunque tu solicitud esté dentro de este año solo puedes exigir el disfrute durante este año, salvo que el convenio lo establezca o te lo acepte expresamente la empresa no puedes imponer el disfrute de las mismas en 2010, aunque no te interese en 2009.
De momento lo que debes pedir es comunicación por escrito por parte de la empresa, es importante, y a partir de aquí lo tendrás un poco más atado a la hora de una reclamación.
Las vacaciones las pedí hace casi un mes, antes de recibir la notificación de traslado. Y las fechas solicitada son desde el 22 de dic al 7 de Enero como permite el convenio.
De forma extraoficial me dijeron que no podían dármelas por el traslado, no me dijeron nada de fechas alternativas. A mi me interesan las vacaciones en las fechas pedidas, no otras.
¿Pueden hacer algo para impedirlo? ¿Si es así me puedo defender? ¿Qué pasos debería dar?
Gracias
¿La empresa te ha comunicado por escrito que no te puede dar las vacaciones?, como te decía es lo que debes solicitar, una respuesta a tu solicitud, y en función de esta negación tienes derecho a reclamar judicialmente por vacaciones, es un juicio en primera instancia en el que no se puede recurrir.
Les he pedido que em notifiquen por escrito la aceptación o negación de dichas vacaciones, pero me siguen dando largas, y el problema es que ya solo queda una semana para el comienzo de las vacaciones!
Dime por favor los pasos a seguir una vez me las denieguen, documentos que debo realizar, donde,...
¿Existe algún modo de presionarles?
Entonces yo en tu caso enviaría un burofax, para documentar la comunicación, en el que recordaría la petición de vacaciones realizada en su momento y añadiría que en caso de no tener comunicación escrita por parte de la empresa entendería por concedida la petición de las vacaciones.
De esta forma te proteges de una sanción y obligas a la empresa, si le interesa, a notificarte por escrito su decisión, con esta notificación denegatoria podrías reclamar como antes te indiqué.
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En principio las vacaciones hay que disfrutarlas dentro del mismo año, a no ser que por costumbre en años anteriores hayan dejado disfrutar las vacaciones en el año nuevo.
Si la empresa no cede, tendrías que demandarlos porque no llegáis a un acuerdo para el disfrute de las vacaciones.
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Tal y como establece el art. 38 que habla del periodo de vacaciones anuales, las vacaciones se fijarán de común acuerdo entre trabajador y empresa de conformidad con lo establecido en Convenio Colectivo. Si no se llega a dicho acuerdo es necesario reclamar las mismas de conformidad con lo establecido en el art.125 y ss. De la Ley de Procedimiento Laboral. El problema que presenta dicho procedimiento es que si la fecha de vacaciones no esta fijada la demanda deberá presentarse con dos meses de antelación a las fechas pretendidas por lo que en tu caso no te queda más remedio que llegar a un acuerdo con el empresario sobre las fechas de disfrute.
Te envío mi blog particular donde podrás encontrar otros temas de interés relacionados con el derecho laboral:

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