Reduccion de jornada 50% Eª - 50% s.s?

Buenas noches,
mi duda es la siguiente;
Me han comentado que después de la maternidad se puede pedir una reducción de jornada en el trabajo (por ley no se pueden negar a dártela) con la consiguiente reducción de sueldo, pero que durante el primer año la empresa debe pagar la parte que corresponde al nuevo horario reducido y que la seguridad social paga las horas reducidas. Así el primer año realmente cobrarías el 100% de tu sueldo.
¿Esto es así para todo el mundo en general o es solo para algún convenio?
¿O por el contrario no es así para ningún caso?
Otra duda que me surge es si se puede pedir una excedencia de un año en una empresa y trabajar en otra durante ese tiempo. ¿Qué consecuencias fiscales tendría? ¿Afectaría algo en la declaración de la renta como tener dos pagadores? ¿O algo por el estilo?
Gracias de antemano.

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Si solicitas la reducción de jornada no cobras el 100 por 100 del salario, si reduces la jornada al 50 por ciento tu salario se vera reducido también en un 50 por ciento. En cuanto a la excedencia si tienes derecho a trabajar en otra empresa y la declaración de la renta no se vería afectada a no ser que durante ese año recibas salarios de las dos empresas.
¿Entonces no es verdad que la empresa pague el 50% y la seguridad social el otro 50%?
Gracias de antemano
No, no es cierto la empresa tiene que pagar los seguros sociales completos, claro que al reducir la jornada un 50 por ciento la seguridad social también sera la mitad.

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