Hacer una nómina

Hola otra vez, una duda más (sobre la pregunta de más abajo):
A partir del 4º día, 60% de la base reguladora, ¿hasta qué día?
¿No hay un porcentaje que se aplica que es el 75 %?
Los descuentos de SS, ¿se aplican sobre los 1000? ¿O sobre los 199.99?
Gracias otra vez
17/12/2009
Usuario
Mi pregunta es como confeccionar una nómina de una trabajadora. Pongo el ejemplo:
Salario base: ¿1000? (12 pagas anuales)
Días trabajados normalmente: desde 1 hasta 4 de diciembre.
Baja médica por enfermedad común: desde 7 hasta 16 de diciembre.
La trabajadora da a luz el 17 de diciembre.
¿Cómo se debe confeccionar la nómina?
Gracias.
Saludos.
17/12/2009
Experto
Necesitaría más datos:
- Fecha de antigüedad
- Cuantía y número de pagas extraordinarias al año
- Base de cotización de noviembre
- Fecha real de la baja médica
Saludos
17/12/2009
Usuario
Fecha de antigüedad:   01/02/2008
No pagas extraordinarias, ¿12000? Anuales divididos en 12 pagas
Base de cotización de Noviembre: ¿1000?
Fecha real de la baja médica: 7-12-2009
Fecha nacimiento bebé: 17-12-2009
Gracias.
Saludos.
18/12/2009
Experto
Supongo que el convenio colectivo no tiene mejoras salariales en caso de IT, si no fuera el caso habría que sumarlas:
Diciembre
Salario base: 199,99
Prestación IT: 139,99
Total Devengado en Diciembre: 339,98
(La prestación de maternidad la cobrará la trabajadora en pago directo)
Descuento IRPF:¿? (El porcentaje que corresponda en función de lo retenido anteriormente en el año)
Descuento SS: 63,50
18/12/2009
Usuario
Hola, me quedan por aclarar algunas dudas:
1.- El salario base corresponde a 1000*6/30=199.99 ??? 6 días trabajados no ???
2.- La prestación IT, ¿de dónde sale?
3.- Los descuentos son CC: 4.70%, DES: 1.55%, FP: 0.10 %, ¿total 1000*6.35/100=63.5???
4.- Total a percibir: 199.99+139.99-63.5= 276.48 ?  ???
Muchas gracias.
18/12/2009
Experto
1.-Si
2.- Del cálculo de la prestación de IT sin mejoras salariales: 3 primeros días 0 y a partir del 4º día el 60% de la base reguladora
3.- Si
4.- Si, si no tiene retenciones de IRPF
18/12/2009
Usuario
Muchas gracias por tus comentarios, me han sacado de un apuro.
Recibe un cordial saludo.

1 respuesta

Respuesta
1
La prestación de IT por enfermedad común es:
0 los 3 primeros días
60% del 4º al 20º día
75% del 21º día en adelante
Los descuentos en SS siempre se aplican sobre la base de cotización, en este caso sería 1000, aunque esté en IT la base se mantiene, ya que tiene unos días trabajados (esto como siempre), durante la IT la base de cotización por cada día será la misma que la del mes anterior, y durante la maternidad la base de cotización será la del mes anterior, el resultado es 1000, no se aplican sobre la prestación.

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