Incapacidad Temporal denegada...

A mi mujer le acaban de denegar el derecho a subsidio de incapacidad temporal según me dicen en la carta que he recibido por que el padecimiento ya lo habían diagnosticado con anterioridad, es cierto que ha estado enferma en otras ocasiones por la misma dolencia pero tiene los 180 días cotizados en los últimos 6 años.
Ya hace mucho tiempo pasó por el Tribunal Medico y le dieron el alta.
La verdad es que no sé muy bien en que se basan para denegarla, no sé si lo que quieren es ganar tiempo o intentar que me acojone un poco por el tema de juicios y demás.
Pongo la carta que ha recibido:
Por medio de la presente le comunicamos que, examinada la documentación relativa al proceso de Incapacidad Temporal derivado de contingencias comunes iniciado Vd. El día 26 de Noviembre de 2009, hemos podido constatar que, los padecimientos que han ocasionado dicha baja médica le fueron diagnosticados con anterioridad a su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos presentada el 9 de Noviembre de 2009, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 132.1.a) del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y el Art. 80 del RD 1993/1995 de 7 de Diciembre por el que se aprueba el reglamento sobre Colaboración de las Mutuas de accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, procedemos a denegar el derecho al subsidio de Incapacidad temporal con efectos de la fecha de la baja médica.
Tengo 30 días para interponer reclamación Previa. ¿Cómo lo hago?

2 respuestas

Respuesta
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Bien linares lo que esta haciendo la Mutua es denegar la prestación de Incapacidad Temporal por considerar que la trabajadoras ha actuado fraudulentamente para adquirir la prestación. En cuanto a vuestra reacción podéis hacer varias cosas en primer lugar acudir a la inspección médica para presentar una reclamación contra la decisión de la mutua, también podéis presentar una reclamación en la propia mutua teniendo cuidado de que os den el documento oficial que posteriormente se remite a la consejería de sanidad de vuestra comunidad autónoma y no la hoja de reclamación interna de la propia mutua, también podéis presentar una queja a través de internet en el enlace que te envío
http://www.ovrmatepss.es/virtual/
Pero tal y como dices lo más importante es que presentéis reclamación previa ante el INSS y ante la TGSS, te envío dirección donde podrás encontrar un modelo que te puede servir, si bien yo te recomendaría que pusieras el tema en manos de un abogado, pues si el INSS no considera tu reclamación tendrás que demandar judicialmente y el contenido de la demanda debería coincidir con el de la reclamación previa.
http://derecho-laboral.blogcindario.com/2005/04/00282-formulario-de-reclamacion-previa-contra-resoluciones-de-la-direccion-provincial-del-inss.html
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con el derecho laboral y de Seguridad Social.
Otra cosa;
¿Los partes de baja tengo que seguir llevándoselos a La Mutua?
Gracias.
En principio y puesto que os han denegado la prestación entiendo que no es necesario que llevéis los partes de baja a la mutua pero si que deberíais conservarlos a efecto de las posteriores reclamaciones tanto previa como judicial.
Respuesta
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Acudir de inmediato a un abogado, quien tiene que enviar una carta directa a la empresa y a la mutua, dando traslado del inicio de reclamación previa, para suspender esta carta.
Y te recuerdo que hoy en día, estas cartas son las que reciben habitualmente los trabajadores. Para ello, no queda más remedio, que acudir a un abogado, especialista en estos temas, para que siga las pautas y siempre se termina en juicio contra la seguridad social. Pero no queda otra.
La ley de incapacidades temporales ha variado, y perjudica más que beneficia al trabajador.
No obstante, con el parte de alta, tenéis que tramitar deinmediato la incapacidad temporal parcial o completa, y para ello, el propio abogado, os guiara.
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