Contrato circunstancias de producción

Hola.
Mi hermano firmó, en su momento, un contrato por circunstancias de producción de 3 meses de duración al que le siguió una prórroga por otros 3 meses que cumplieron el 12-09-2007. Después ha seguido trabajando, pero no ha firmado ningún otro contrato, ni prórroga ni nada.
Queríamos saber si esto es legal o si, por el contrato es un contrato en fraude de ley y se ha convertido en indefinido.
Ahora está de baja a causa de un accicente automovilístico, y nos gustaría saber, si, en caso de despido por la empresa (sospechamos que tienen intención de "largarle"), deben indemnizarle como un indefinido.
Muchas gracias!

1 respuesta

Respuesta
1
La duración máxima de un contrato de circunstancias de la producción es de 12 meses en un periodo de referencia de 18 meses, y solo si así lo establece el convenio colectivo, porque en caso contrario sería de 6 meses en un periodo de referencia de 12 meses.
Como tu hermano lleva desde el 2007, más de dos años, supera la duración máxima para este tipo de contrato temporal, por lo tanto tu hermano tiene derecho a un contrato indefinido.
Esto quiere decir que la empresa no puede dar por terminada la relación laboral como si de un contrato temporal se tratara, para ello tendría que despedir a tu hermano y este tendría derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas