Hola, tengo 56 años y me quieren indemnizar con 45 días por año trabajado, llevo 32 años trabajando ¿me pueden dar la pensión contributiva cuando se me termine el paro? ¿Por cuánto tiempo? ¿Miran si tienes algo (piso, coche) a tu nombre? Gracias por tu amable respuesta
Indemnización por despido y paro son dos cuestiones distintas. La indemnización por despido de 45 días por año trabajado tiene un límite máximo de 42 mensualidades. En cuanto al paro dependerá de lo que hayas cotizado y su duración máxima es de dos años. Como sabrás actualmente se ha alargado el paro con ciertos requisitos restringiendo el cobro a 400 euros mensuales. En tu caso la percepción por paro te dejaría en los 58 años. Supongo que por pensión contributiva te refieres a cobrar la jubilación. Sin embargo la prestación por jubilación con menos de 65 años sólo se aplica en una serie de supuestos. Concretamente para recibir una pensión contributiva con 58 años tendrías que ser un trabajador en alta o en situación asimilada al alta y que exista un regulación específica que te habilite para ello. Estar inscrito como desempleado en la Oficina de Empleo cumpliría el primer requisito. Para ver si cumples el segundo tendrías que mirar la normativa que afecta al trabajo que desempeñas. A efectos de la pensión contributiva de jubilación la cuantía de tu patrimonio es indiferente.