Despido improcedente
Hola, llevo desde noviembre del 2003 trabajando en una empresa como administrativa, con contrato fijo, ¿base de cotización 1.656,19? ¿Y sueldo neto de 1.200,00? Con dos pagas etraordinarias al año . En el contrato hay dos clausulas que no comprendo:
1.- Al presente contrato le será de aplicación la Disposición Adicional Primera de a Ley 12/2001, de 9 de Julio (BOE de 10 de Julio).
2.- Cuando el contrato se extinga por clausulas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de a indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 del estatuto de los trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el artículo 56 del mismo texto legal, será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de 24 mensualidades.
En caso de despido improcedente que me correspondería, solo una antigüedad de 2 años o los 7 q llevo trabajando para la empresa y q cantidad sería, porque no me cuadran los cálculos,
Gracias.
1.- Al presente contrato le será de aplicación la Disposición Adicional Primera de a Ley 12/2001, de 9 de Julio (BOE de 10 de Julio).
2.- Cuando el contrato se extinga por clausulas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de a indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 del estatuto de los trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el artículo 56 del mismo texto legal, será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de 24 mensualidades.
En caso de despido improcedente que me correspondería, solo una antigüedad de 2 años o los 7 q llevo trabajando para la empresa y q cantidad sería, porque no me cuadran los cálculos,
Gracias.
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Respuesta de joseaf2
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Respuesta de tioarturo
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