Despido improcedente

Hola, llevo desde noviembre del 2003 trabajando en una empresa como administrativa, con contrato fijo, ¿base de cotización 1.656,19? ¿Y sueldo neto de 1.200,00? Con dos pagas etraordinarias al año . En el contrato hay dos clausulas que no comprendo:
1.- Al presente contrato le será de aplicación la Disposición Adicional Primera de a Ley 12/2001, de 9 de Julio (BOE de 10 de Julio).
2.- Cuando el contrato se extinga por clausulas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de a indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 del estatuto de los trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el artículo 56 del mismo texto legal, será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de 24 mensualidades.
En caso de despido improcedente que me correspondería, solo una antigüedad de 2 años o los 7 q llevo trabajando para la empresa y q cantidad sería, porque no me cuadran los cálculos,
Gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Se contaría toda la antigüedad y si demandaras contra el despido probablemente la indemnización subiría a 45d por año, ya que seguro que los contratos temporales que te hicieron en su día eran fraudulentos, por tanto la transformación en indefinido (eso es lo que hace que la indemnización sea sólo de 33d) no fue correcta ya que legalmente tus contratos temporales no eran temporales sino indefinidos. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
Según tu nómina cobras 1656/30= 55 por día. Eso si la nómina es correcta, que a lo mejor tampoco. Desde noviembre de 2003 llevas 6 años y 5 meses, por lo que la indemnización ahora mismo (calculando la de 45d) sería de 293 días, que a 55 euros sale un total de 16087 euros.
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Por ir al detalle, la resolución lo que marca es un contrato de fomento del empleo con una indemnización por despido reducida. La indemnización normal es de 45 días por año mientras que en ete contrato es de 33 días.
Por tanto la difrerencia radica que por 7 años de trabajo, en vez de 315 día de salario corresponderían 231. Obviamente se reconoce toda la antigüedad pero a menor cuantía.
Un saludo
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