Terminación del contrato por obra y servicio

Espero poder explicarme y que puedan ayudarme.
Soy técnico en PRL y entré a trabajar para una empresa que prestaba sus servicios como subcontrata en una obra de una central térmica. El contrato que se me hizo fue por obra y servicio. Y dudaría lo que durase la obra.
Yo llegué para sustituir a una persona que se marcho por no poder aguantar más ese clima laboral. Ya que a la empresa en cuestión la seguridad le daba lo mismo y no contaba con el técnico para nada.
Yo desde que llegué me dí cuenta de todo esto, no me dejaban hacer mi trabajo y no me informaban de nada, no contaban conmigo. Me tenían porque lo exige la Ley.
El trabajo del prevencionista es complicado, pero aquí era imposible. Tanto incumplieron que la propiedad, la gente de seguridad de la UTE nos echa de la obra por graves incumplimientos en materia de seguridad. Así que me vi fuera antes de tiempo. Entiendo que aquí nada hay que reclamar, ya que nuestro trabajo en la obra ha terminado aunque haya otra empresa que siga haciendo lo que nos correspondía a nosotros hacer. La obra aún no se ha terminado.
Pero mi gran duda es la siguiente, una de las cosas que incumplimos fue tener 1 técnico de seguridad cuando tenían que tener 2 por número de trabajadores en obra. Cuando estaba todo perdido y ya nos habían echado de la obra y solo nos dejaban demostrar metieron otro técnico. Yo firmé como responsable de seguridad y salud para esa obra. La persona que llegaba teóricamente era mi ayudante. Pues esta persona se ha quedado en obra y me han echado a mi.
Se ha quedado 15 días más que yo, está claro que si alguien debe quedarse esa persona debo ser yo. No tienen nada contra mía. Solo que yo he dado quejas al jefe de obra por no cumplir con la ley de PRL y eso no le ha gustado y me ha quitado de en medio en cuanto ha podido. Tengo diversos correos que demuestran mis quejas a la jefa de seguridad en la central de la poca cultura preventiva de este señor. Quejas desde la primera semana.
Cuando fui a formar finiquito he puesto no conforme, ellos me dijeron que tenía razón que me tenía que haber quedado yo que siempre se hacía así por política de empresa.
He consultado con una amiga abogada que al principio lo veía muy claro y decía que yo tenía la razón pero ahora dice que con mi tipo de contrato no sabe hasta que punto es improcedente y ya casi no nos queda tiempo para presentar la papeleta y estoy bastante liada.
Lo que no me parece nada bien es que me echen antes de tiempo solo por hacer mi trabajo.
¿Qué puedo hacer?. Yo lo veo muy claro, hemos terminado antes de tiempo encima por su culpa, he tenido que aguantar indiferencia, nula información, etc y ahora por hacer mi trabajo se queda otra persona en mi lugar. Si hace falta un técnico en obra ese debo ser yo.
Me han echado por llevarle la contraria al jefe de obra. Solo hacía mi trabajo, iba a pasar algo grave y se supone que me pagaban para evitarlo. Lo malo es que no quiero meterme demasiado en temas de PRL porque quiero seguir trabajando en el sector.
Ojalá puedan ayudarme.

2 Respuestas

Respuesta
1
A primera vista, sólo debías acabar tu trabajo cuando acabara la obra y parece que dices que no ha sido así, por tanto es un despido improcedente que deberías planterar ante un abogado laboralista o un sindicato, entre otras cosas porque parece que tienes documentación que te justifique.
La política de la empresa es pagar de los dos al que le resulte más económico y esta claro que es la otra persona.
Informa de estos asuntos al sindicato que elijas, de manera que conbres lo que te falte como indemnización.
Habrá empresas que les interesará de veras un técnico de PRL, así que ánimo.
Suerte
Respuesta
1
Pues la única alternativa que tienes es presentar una demanda por despido, siempre que desde tu cese no hayan transcurrido más de 20 días hábiles. Si en la obra ha continuado tu compañero unos días, parece lógico que tu demanda pueda prosperar, si bien quedarían limitados sus efectos hasta la fecha final en que tu compañero. Es decir, lo que conseguirías con la demanda de despido es que condenaran a la empresa a pagarte salarios de tramitación hasta el final de la obra (es decir, hasta que fuera imprescindible un técnido de PRL de tu empresa en dicha obra). Porque en ese procedimiento de despido lo que no podrías conseguir sería que tu relación laboral temporal se convirtiese en indefinida, pues parece evidente que está ligada a la obra en la que trabajabas.
Si ha transcurrido ese plazo, ya no puedes impugnar el despido, y otra alternativa judicial no tienes.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas