Reducción de jornada

Buenas tardes, mi situación es la siguiente: desde 9 de marzo de 2009 estoy en reducción de jornada por guarda legal de mi hijo ( a 4,5 horas diarias). Dicho día me incorporé al trabajo después de la baja maternal y habiendo estado trabajando en dicha empresa desde mayo de 1999 en jornada completa de 8 horas de lunes a viernes.
Me informé en su día y me comentaron que acogiéndome a la ley de igualdad del hombre y mujer, dicha reducción por guarda legal no me afectaría en caso de despido para la indemnización y para el paro y me dijeron que cotizaría al 100%.
Para mi sorpresa en este mes de abril de 2010 tuve acceso al tc 2 y vi que la cotización mía había bajado a la mitad y lo único que no me habían variado era el tipo de contrato de 100 (jornada completa). Exactamente ponía: Indicador R. D/H cotizadas 90. Descripción: cotización ... 1.119,72.
Anteriormente tenia base de cotización contingencias comunes en 2.586,88.-?
Es decir, que como nadie sabe explicarme este tema y en la asesoría de la empresa dicen que hay un vacío legal... He visto que al final me toca cobrar menos de todo.
Le ruego me informe sobre mi situación y si puedo hacer algo que haga que me suban la cotización para que me corresponda mi indemnización y paro.

1 respuesta

Respuesta
1
Durante la reducción de jornada por guarda legal estás protegida respecto al despido al igual que durante el embarazo, el despido no podrá ser declarado improcedente.
Respecto a un despido la indemnización siempre se calcularía sobre la jornada completa, ya que esta es la real y la reducción es temporal además de estar motivada está permitida legalmente.
Sobre la cotización, debes tratar de averiguar si la empresa realizó correctamente la comunicación de la reducción de jornada por guarda legal, para ello en tu vida laboral debe aparecer una baja por causa código 99 y un nuevo alta con fecha del día de inicio de la reducción, el código de contrato continuaría siendo el 100 pero debe aparecer un porcentaje en el apartado de reducción de jornada, si esto no es así no está correctamente informado, pero no te preocupes porque se puede corregir, para ello la empresa debe ponerse en contacto con la TGSS y explicar la situación.
Una vez todo esté corregido debes saber que durante los dos primeros años de reducción de jornada por guarda legal aunque la empresa cotiza por ti en proporción al salario pagado, la seguridad social de forma automática tiene en cuenta los dos primeros años como si los cotizaras a tiempo completo.
Para salir de dudas haz una consulta en la TGSS, ya que ellos tienen tus datos reales, y te expliquen en que situación te encuentras.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas