Tengo dudas sobre la firma de un contrata, los días trabajados y el salario que debe cobrar

Hola.
Os pongo en situación:
Se firma un contrato de 55 horas mensuales para el mes de mayo.
Llaman al empleado para venir un día a aprender. Un día de 8 horas que dice la empresa que no le va a pagar. Esto fue a principios de mayo y a día de hoy no ha vuelto a trabajar más ya que le dijeron que le llamarían pero no le han llamado.
Las preguntas son:
- ¿Debe la empresa pagar esas 8 horas al trabajador?
- ¿Debe la empresa pagar las 55 horas que pone en el contrato aun habiendo trabajado solo 8?
Un saludo y gracias

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1
Estimad@ amig@,
Eso de "ven un día para aprender" no existe, tienen la obligación de darle de alta desde el primer día que empieza a trabajar, y para aprender y valorar si cumple con el perfil del puesto o si el trabajador está de acuerdo con el trabajo existe un período de prueba en el que se puede rescindir el contrato sin previo aviso y de forma unilateral.
Teniendo en cuenta esto la empresa esta obligada a pagar desde el primer minuto que el trabajador está en su puesto de trabajo, aunque le estén enseñando, que nadie "nace aprendido".
En otro orden de cosas está el contrato, en el debe incluir las jornadas y los horarios de trabajo, y "entrando en situación", ¿esta persona ha llamado a la empresa para preguntar por su situación?, ya que si no comparece en su puesto (según contrato) la pueden dar de baja por no presentarse.
Muchas gracias por responder tan rápido.
Me ha quedado claro que esas 8 horas tienen que pagármelas.
En ese contrato de 55 horas me dijeron que ellos me llamarían para ir a trabajar ya que no tenía un horario establecido. De esas 55 horas solo me han llamado para trabajar 8.
Lo que quería saber es si me tienen que pagar las 55 horas aunque no me hayan llamado nada más que para 8 horas al haber firmado un contrato de 55 horas.
Un saludo y gracias de nuevo
Primero decirte que no existe los contratos de "ya te llamaré, si eso" ya que todos los contratos deben de incluir una clausula de cuando tienes que desempeñar tu jornada de trabajo, ejem. tres días en semana a razón de cuatro horas diarias en horario de 09,00 a 13,00 horas. O en su defecto algo que vincule tu horario a un supuesto.
No, no te tienen que pagar por algo que no has trabajado.
Pero disculpame, Pero es que tienes una relación bastante curiosa con la empresa, por que puede que a estas alturas estés despedido y te hayan dado de bajo por no presentarte en tu puesto de trabajo, y ante un juez el decir "si no me llaman no voy" pues la verdad que no cuela. Claro que también puede que te paguen las 55 horas y en ese caso te suplicaré para que me digas que empresa es y presentarle mi currículo.
Si necesitas cualquier cosa, estamos aquí. Y te deseo lo mejor

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