Calculo finiquito

HOLA! Me gustaría que alguien me ayudara, y me pudiera decir lo que me corresponde de finiquito e indemnización.
Llevo en la empresa desde 17/07/2007 y lo mas seguro que me despidan el 31/07/2010 alegando causas económicas.
Mi salario bruto es de; ¿915? , el salario neto; 805?. La base. C.c; 1067?. Este año he disfrutado de 17 días de vacaciones. Tengo 12 pagas mensuales y 2 pagas extras (julio y diciembre).
Creo, que me corresponden, 20 días por año trabajado (al ser despido objetivo).
¿Con cuánto tiempo me tendrían que avisar?
P.D. Agradecería que me contestarán lo antes posible, para estar bien informada de lo que me tienen que pagar.
Muchísimas gracias

2 respuestas

Respuesta
1
Ante todo serian necesarios más datos, y como de costumbre aconsejo la intervención de un profesional para salvaguardar tus derechos.
Finiquito-liqidacion
Mes de julio completo... 915
vacaciones... 13 días... 396,50
Pagas extraordinarias (Mira tu convenio, por si tu devengo es semestral o anual, esta ultima es más frecuente) suponiendo que el importe de tus pagas ext sea el mismo que en los meses ordinarios.
Navidad... 533,75
Verano (si cobraste finales junio has devengado un mes)... 76,25
                                                                     Total... 1.921,50
Indemnización despido

Si se trata de un despido económico procedente hablaríamos de 20 días por año, aunque si se trata de uno improcedente hablamos de 45 días.
Si nos atenemos a la procedencia como dices... 2159,60.
He de decirte que tratándose de esta modalidad de despido te tienen que preavisar con 15 días de antelación dándote 6h semanales para búsqueda de empleo, de no hacerlo así tendrían que abonártelos... 457,50.
Lo correcto seria ver toda la documentación, contrato, convenio, vida laboral, nominas; para emitir un informe correcto. Las cantidades son meramente orientativas.
Decirte jacintita, si necesitas cualquier aclaración me escribas, por aquí o si quieres un medio más privado.
Las cantidades de finiquito habría que aplicarles descuentos de seguros sociales y la retención de irpf que te vayan aplicando. A la parte proporcde las p.ext solo retención.
La indemnización es una cantidad limpia.
Asegurate que tu despido es procedente, de no serlo la cantidad sera más del doble
Hola!
 Muchísimas gracias por responder a mi pregunta. Me han quedado algunas dudas, que son las siguientes;
Vacaciones; ¿No me corresponden hasta esté mes (julio) la parte proporcional? ¿Qué serían 17 días? ¿Justo los que he disfrutado hasta ahora?. Me corresponden 30 días, ¿aunque me despidan en julio?
Pagas extras; creo que son semestrales. Son 14 pagas de la misma cantidad; ¿805? La de verano, la cobraré en JULIO.
¿Si el devengo de las pagas extras son semestrales, ¿qué cantidad cobraré? ¿Me correspondería algo de la de navidad?
Muchísimas gracias!
1.- Le corresponden 30dias naturales por año, tiene ud razón, pero habría que observar los periodos temporales desde que comenzó, en principio si ya están disfrutadas pues nada.
2.- Si el pago es semestral cobrara la de verano completa ahora y de la de navidad pues nada, pues la cobro en su día, y no se generaría nada más.
Como ya le dije, estimada forera, desde aquí se intenta orientar, nunca se puede dar solución precisa sin documentación, convenio, contrato, nominas... por que del mismo modo que un medico no debe emitir dictamen sin hacer pruebas, el abogado no debe emitir informe técnico sin analizar la documentación.
LLeve toda la documental a un profesional, tiene mucho que perder si las cosas no se hacen correctamente.
Respuesta
¡Ojo con el despido objetivo¡. Con la Nueva Ley de la Reforma Laboral, el despido objetivo ya no se puede hacer así como así.
La empresa tiene que DEMOSTRAR, con documentación fehaciente que está verdaderamente pasando por problemas económicos para que el trabajador le concedan los 20 días por año.
Informate bien si ha presentado toda la documentación para poder hacerte este despido.

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