Buenas tardes, lo primero agradcer el altruismo que demostráis.mi pregunta es, mi empresa a cambiado de dueños sede y nombre. Necesitaría saber cuanto tiempo tengo para poder acogerme a la indemnización de 20 días, ya que no me interesa seguir viculado a ellos.
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Respuesta de corabo
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corabo, Abogado laboralista con larga experiencia en contencioso y tribunales
¿Te han ofrecido esa indemnización por escrito? Podrá extinguir la relación laboral: Cuando la modificación efectuada perjudica su formación profesional o atenta contra su dignidad. En este caso, el trabajador tendrá derecho a percibir las indemnizaciones señaladas para eldespido declarado improcedente(45 días por cada año de servicio) Cuando la modificación sustancial afecta a la jornada de trabajo, horario o régimen de trabajo a turnos y se derive un perjuicio para el trabajador. En este caso, el trabajador tendrá derecho a extinguir su contrato de trabajodentro del mes siguientea la modificación, y a la percepción de una indemnización por importe de 20 días de salario por cada año de trabajo con el límite del importe de 9 mensualidades. El trabajador deberá asumir la modificación efectuada como una nueva condición de su contrato laboral, independientemente de que efectúe la impugnación de la misma ante la jurisdicción laboral, para lo que contará con un plazo de 20 días. Si vas a optar por la indemnización hazlo antes del mes siguiente a la modificación, te recomiendo lo hagas antes de los 20 hábiles para evitar problemas.