Excedencia voluntaria

Hola, pedí en mi empresa una excedencia voluntaria el 15 de septiembre del 2008 y era de 4 meses, el 15 de enero pedí mi reingreso y se me contesto vía burofax que no había vacante, el 15 de marzo del 2010 me entero que han contratado una persona de mi misma categoría y denuncio por reconocimiento de puesto de trabajo, el 27 de julio pasamos por la conciliación la empresa y yo, pero ellos niegan que haya vacantes cuando me he enterado que han contratado 20 ETT, ¿Mi pregunta es si he denunciado a la empresa por reconocimiento de puesto de trabajo y gano el juicio desde que fecha me han de pagar los salarios de tramitación(estoy cobrando el paro)? ¿Si me quieren reincorporar y yo no quiero me pagan igual los gastos de tramitación? Me gustaría que es lo que debo hacer ya que no quiero volver a la empresa y se que no me despedirán, ¿estoy obligado a reincorporarme? ¿Me puede indicar cuales serian los pasos a seguir para sacarle lo máximo a la empresa? Un saludo

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Disculpa que te conteste con retraso pero he estado de vacaciones unos días.
Frente a la denegación de la excedencia se presenta demanda por despido. EN ese caso, los salarios de tramitación se abonan desde que te tuvieron que readmitir, es decir desde la existencia de vacante.
La opción entre readmitirte o indemnizarte siempre corresponde a la empresa, salvo que seas representante de los trabajadores. Ahora bien, los salarios de tramitación siempre te corresponderán, si bien, si estás cobrando el desempleo, tendrás que devolver el desempleo, cobrar los salarios de tramitación, y posteriormente, volver a solicitar el desempleo, que iniciará un nuevo periodo de cómputo.
Pero si no deseas volver a trabajar en la empresa y la empresa opta por la readmisión, perderás tú la posibilidad de una futura indemnización, porque lo que está claro es que la empresa no quiere volver a contratarte, y por consiguiente, antes o después te despedirá y podrías conseguir una indemnización, o quizás negociarla con la empresa el día del juicio.
Gracias, la cuestión es que estoy en el paro cobrando pero de baja y ya he pasado por el ICAM, ¿podría entrar con la baja a la empresa? ¿Si me dan una It puedo reincorporarme en la empresa? Me ha comentado mi psiquiatra que lo suyo seria que me diese de alta y entrará a trabajar con la baja, pero le parece que con la misma patología no puedo darme de alta y de (¿baja llevo 22 años en la empresa)es factible darme de alta y antes de reincorporarme coger la baja y así hacer que mi empresa me despida? Que me aconsejaría.
Un saludo.
Efectivamente, no vas a poder pedir el alta y luego darte de baja por la misma enfermedad. El problema es que si solicitas tu reincorporación y la empresa conoce tu situación actual, te readmitirá y esperará a ver que pasa con tu situación médica. Y aunque no la conozca, si en el juicio por despido que plantees, se llega a conocer que estás de baja, pierdes muchas posibilidades.
La situación es muy complicada, lo ideal sería que consultaras a un abogado de tu ciudad, pues creo que tendrás varios juicios: el de despido contra la empresa; el juicio contra la seguridad total si no te dan la incapacidad total, etc. Y combinar estas situaciones no es simple, por eso creo que lo que debes hacer es consultar a un abogado y llevarle toda la documentación que tengas.

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