Pensión jubilación: ¿Fecha alta o fecha efecto alta?

Hola.
Me gustaría saber si para la pensión de jubilación la Seguridad Social contabiliza los períodos desde la fecha de alta o desde la fecha de efecto de alta.
En mi caso no coinciden, ya que una de las empresas en las que trabajé no pagó las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a 300 días y aunque gané el juicio que tuve, la empresa quebró y se disolvió, así que las cotizaciones de esos 300 días se quedaron sin ser abonadas. En el informe de vida laboral, no me computa esos 300 días en la vida laboral, pero si me parecen las fechas de alta (previas a las fechas de efecto de alta).
Muchas gracias y un saludo.

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La fecha que reconoce la seguridad social es la fecha de efectos y no la fecha de alta. Si hubo alguna irregularidad y puedes demostrarlo debes ponerte en contacto con la TGSS para demostrar la realidad y que te pongan en plazo la fecha de alta.
Buenas tardes.
La Tesorería de la Seguridad Social me dice que para la pensión de jubilación me computarán la fecha de alta, siempre que lo pueda demostrar con la sentencia judicial, pero que no se puede cambiar la fecha de efecto de alta en mi informe de vida laboral. Así que según la TGSS tendré que presentar la sentencia judicial cuando me jubile para que me computen esos 300 días. Por cierto, esto sólo me lo pueden comunicar verbalmente, así que no me fío mucho. No sé que podría hacer, ya que hasta la jubilación me quedan muchos años y hoy dicen una cosa y mañana quién sabe...
Gracias y un saludo.
Conviene que hagas un escrito dirigido a la TGSS planteando tu duda para que te contesten por escrito y poder utilizarlo como prueba si llegado el momento lo necesitaras.

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