Indemnización
Buenas tardes
Me han despedido, improcedente. Y los maiuls que me han mandado y he contestado son los siguientes, me pude ayudar, gracias.
Me dirijo a vd. En nombre de en calidad e abogado-apoderado, para comunicarle que dado que ha comunicado a la empresa una nueva dirección de correo, con posterioridad al día de su despido, deberá ponerse en contacto o personarase en los juzgados de lo social de móstoles para comunicarlo a los efectos de que puedan notificarle y poner a su disposición la indemnización que por el despido le corresponde y que se encuentra depositada en le referido juzgado.
Le recuerdo que la empresa ha efectuado todos los actos de comunicación y notificación de su despido en las señas indicadas por vd. En el momento de su constratación y que constan en su recibo de salario;
Nº de expediente de consignación judicial; -
...
Según consta en el burofax de desdpido que he recibido la indemnización es de 1,258 euros con 50 con la que no estoy de acuerdo.
Según contrato a partir del día 13 de septiembre me corresponde el 0,7 % de la facturación anual de madrid, la cual según la documentación que obra en mi poder es de unos 300.000 euros hasta el 31 de diciembre.y tambiern habría que añadir la de enero hasta el 8 de febrero del presente año 2011.
Independiente de esto también habría que añadir las partes proporcionales a las pagas extras hasta el día 8 de febrero, los días de vacaciones y el 2% de ventas efectuadas por mi, más la correspondiente liquidación.
Debido a todo esto y no estando de acuerdo con la cantidad ofrecida te ruego revises la documentación para no tener que efectuar ninguna acción que perjudeque a las partes.
Un saludo
...
buenas tardes;
El resto de la liquidación, relativo a los 8 días de salario de febrero y partes porporcioanles y en su caso comisiones efectivamente devengadas se le abonará como habitualmente en su cuenta bancaria mediante transferencia a final de mes.
La cantidad despositada en el juzgado, solo es la correspondiente a la indemnización por despido, ya que la empresa se acoge a la art. 56.2 del et.
Atentamente.
Me han despedido, improcedente. Y los maiuls que me han mandado y he contestado son los siguientes, me pude ayudar, gracias.
Me dirijo a vd. En nombre de en calidad e abogado-apoderado, para comunicarle que dado que ha comunicado a la empresa una nueva dirección de correo, con posterioridad al día de su despido, deberá ponerse en contacto o personarase en los juzgados de lo social de móstoles para comunicarlo a los efectos de que puedan notificarle y poner a su disposición la indemnización que por el despido le corresponde y que se encuentra depositada en le referido juzgado.
Le recuerdo que la empresa ha efectuado todos los actos de comunicación y notificación de su despido en las señas indicadas por vd. En el momento de su constratación y que constan en su recibo de salario;
Nº de expediente de consignación judicial; -
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Según consta en el burofax de desdpido que he recibido la indemnización es de 1,258 euros con 50 con la que no estoy de acuerdo.
Según contrato a partir del día 13 de septiembre me corresponde el 0,7 % de la facturación anual de madrid, la cual según la documentación que obra en mi poder es de unos 300.000 euros hasta el 31 de diciembre.y tambiern habría que añadir la de enero hasta el 8 de febrero del presente año 2011.
Independiente de esto también habría que añadir las partes proporcionales a las pagas extras hasta el día 8 de febrero, los días de vacaciones y el 2% de ventas efectuadas por mi, más la correspondiente liquidación.
Debido a todo esto y no estando de acuerdo con la cantidad ofrecida te ruego revises la documentación para no tener que efectuar ninguna acción que perjudeque a las partes.
Un saludo
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buenas tardes;
El resto de la liquidación, relativo a los 8 días de salario de febrero y partes porporcioanles y en su caso comisiones efectivamente devengadas se le abonará como habitualmente en su cuenta bancaria mediante transferencia a final de mes.
La cantidad despositada en el juzgado, solo es la correspondiente a la indemnización por despido, ya que la empresa se acoge a la art. 56.2 del et.
Atentamente.
7 Respuestas
Respuesta de bergenz
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Respuesta de mla2712
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Respuesta de juansantamar
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Respuesta de mjconde
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Respuesta de siscu67
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Respuesta de landaeta
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Respuesta de vtmt
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